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Otros contratos
Contrato de franquicia. Demanda por resolución unilateral
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 06-07-2007
- Materia: Derecho Mercantil
- Especialidad: / Derecho Mercantil / Contratación / contratos / Otros contratos
- Número: 1272
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: FRANQUICIA, RESOLUCIÓN DE LOS CONTRATOS
Descripción:
1. Demanda interpuesta por incumplimiento de contrato de franquicia
2. Contestación a la demanda.
3. Escrito por el que el demandante impone tacha a determinados testigos de la demandada.
4. Escrito de oposición a las tachas, presentado por la demandada.
5. Resolución judicial.
Supuesto de hecho.
Objetivo. Cuestión planteada.
La estrategia. Solución propuesta.
Vigo, 07-12-2005
D. Antonio y la compañía MCS, otorgaron el día 23 de junio de 2000 contrato de franquicia por el que se concede a D. Antonio la explotación del restaurante MCS llamado “Comer en Vigo I”, sito en la ciudad de Vigo (Pontevedra), en un centro comercial.
El mismo día se firmó un documento de cesión, autorizado por la propia sociedad franquiciadora MCS, por el cual la entidad FRAN, S.L., de la cual es administrador único D. Antonio, siendo los únicos socios él y su esposa, se subroga en la posición contractual de D. Antonio, con el afianzamiento solidario del propio D. Antonio en las obligaciones de FRAN, S.L.
Dicho contrato de franquicia fue redactado por MCS, siguiendo un modelo típico y uniforme que se viene aplicando por MCS a restaurantes similares al que se cedía a D. Antonio. D. Antonio posee otro restaurante, llamado “Comer en Vigo II”, sobre el cual también pacta un contrato de franquicia con MCS.
El 31 de Diciembre de 2002, D. Antonio y la entidad MCS firmaron una adenda (notas añadidas tras terminar una obra escrita para aclarar, completar o rectificar su contenido) al contrato de franquicia, en la que se establecía la duración del contrato hasta el 31 de Diciembre de 2005, con la opción de que el franquiciado, D. Antonio, comprase el equipamiento comercial del restaurante “Comer en Vigo II”, en cuyo caso el contrato pasaría a tener una duración hasta el año 2020. No se le concede, en cambio, opción de compra para el restaurante “Comer en Vigo I”.
El 7 de Octubre de 2005, D. Antonio envió una carta a MCS, solicitando el ejercicio de la opción de compra del equipamiento comercial de “Comer en Vigo II”.
El 7 de Diciembre de 2005, fecha de inicio de este supuesto de hecho, el D. Antonio recibe la respuesta: MCS le comunica que no le renuevan el contrato, dando por finalizada la relación contractual por expiración del plazo establecido (hasta el 31 de diciembre de 2005).
En fecha 1 de septiembre de 2006, D. Antonio interpuso Demanda de juicio ordinario contra la compañía MCS.
El mismo día se firmó un documento de cesión, autorizado por la propia sociedad franquiciadora MCS, por el cual la entidad FRAN, S.L., de la cual es administrador único D. Antonio, siendo los únicos socios él y su esposa, se subroga en la posición contractual de D. Antonio, con el afianzamiento solidario del propio D. Antonio en las obligaciones de FRAN, S.L.
Dicho contrato de franquicia fue redactado por MCS, siguiendo un modelo típico y uniforme que se viene aplicando por MCS a restaurantes similares al que se cedía a D. Antonio. D. Antonio posee otro restaurante, llamado “Comer en Vigo II”, sobre el cual también pacta un contrato de franquicia con MCS.
El 31 de Diciembre de 2002, D. Antonio y la entidad MCS firmaron una adenda (notas añadidas tras terminar una obra escrita para aclarar, completar o rectificar su contenido) al contrato de franquicia, en la que se establecía la duración del contrato hasta el 31 de Diciembre de 2005, con la opción de que el franquiciado, D. Antonio, comprase el equipamiento comercial del restaurante “Comer en Vigo II”, en cuyo caso el contrato pasaría a tener una duración hasta el año 2020. No se le concede, en cambio, opción de compra para el restaurante “Comer en Vigo I”.
El 7 de Octubre de 2005, D. Antonio envió una carta a MCS, solicitando el ejercicio de la opción de compra del equipamiento comercial de “Comer en Vigo II”.
El 7 de Diciembre de 2005, fecha de inicio de este supuesto de hecho, el D. Antonio recibe la respuesta: MCS le comunica que no le renuevan el contrato, dando por finalizada la relación contractual por expiración del plazo establecido (hasta el 31 de diciembre de 2005).
En fecha 1 de septiembre de 2006, D. Antonio interpuso Demanda de juicio ordinario contra la compañía MCS.
Objetivo. Cuestión planteada.
El cliente es la sociedad MCS y su objetivo es justificar la resolución del contrato de franquicia firmado con FRAN, S.L., demostrando que tal resolución se ajusta plenamente a derecho.
La estrategia. Solución propuesta.
Para alcanzar el objetivo de su cliente, el abogado de MCS presentará las cuentas y balances de la franquicia por la que se debate en este proceso, ya que el ejercicio de opción de compra se encuentra vinculado a una correcta aplicación del sistema MCS y a unos resultados que acrediten la capacidad de FRAN, S.L. para mantener el negocio con buenos rendimientos, condiciones que no se han cumplido, pues FRAN, S.L. no podía seguir gestionando la franquicia sin sufrir pérdidas. Además, la última decisión de conceder o no el ejercicio de la opción de compra corresponde exclusivamente a MCS.
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