Derecho al honor, a la intimidad, y a la propia imagen

Acto de conciliación por participación faltando a la verdad y dañando el honor del difunto padre del demandante en una grabación de vídeo


  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 17-12-2020
  • Materia: Derecho Civil
  • Especialidad: / Derecho Civil / Persona física / Derecho al honor, a la intimidad, y a la propia imagen
  • Número: 12466
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: Derechos fundamentales y libertades públicas, HONOR, INJURIAS, INTIMIDAD

SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

  • Partes
  • Peticiones Realizadas
  • Argumentos
  • Normas y Artículos relacionados
  • Documental aportada
  • Prueba
  • Resolución judicial

- JURISPRUDENCIA

- FORMULARIOS JURIDICOS RELACIONADOS

- BIBLIOTECA

  • Libros
  • Artículos jurídicos

- CASOS RELACIONADOS

Documentos originales presentados





El caso


Supuesto de hecho.
Cancienes, 21-10-2020

Don Juan Bautista Rosales participó en un video grabado por el Ayuntamiento de su localidad, el cual fue emitido en la inauguración de un Centro Cultural, en el que intervino haciendo referencia al difunto padre del demandante, Don Antonio Ruíz Pacheco, afirmando que su padre estaba sometido al régimen franquista, faltando a la verdad y dañando el honor y la memoria de éste, causando un daño irreversible en virtud de la audiencia que lo hubiera podido ver.



Objetivo. Cuestión planteada.

El objetivo del demandante, presentada esta solicitud para la celebración del acto de conciliación, es que sirva admitirla para citar a las partes para la celebración del acto oportuno, con objeto de que el conciliado se avenga a lo que se pide en la demanda:

1. Reconocer los extremos que se han mencionado, pues se solicitó al Alcalde que el vídeo no se transmitiese y el demandado se desdijese de lo expresado, aunque el representante dio respuesta no haciéndose responsable de las palabras vertidas por el demandado, pues lo único que podían hacer era editar el vídeo para eliminar la frase causante de las injurias, calumnias y vejaciones hacia su difunto padre.

2. Reconocer que los hechos relacionados con su padre son inciertos.

3. Indemnización de 1.500€.

4. En el caso de no reconocer como inciertos los hechos relacionados con su padre, ni proceder a la indemnización indicada, se procederá a iniciar las acciones judiciales que correspondan.

5. Que el demandado publique, si no puede ser en el mismo medio, en dos periódicos regionales la rectificación y reconocimiento de la incerteza de los hechos imputados.



La estrategia. Solución propuesta.


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