Comunidad de bienes

División cosa común. Disolución y extinción de la comunidad indivisa existente entre ambas partes respecto a vivienda, con uso y disfrute reconocido al menor hasta su mayoría de edad.


  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 20-11-2020
  • Materia: Derecho Civil
  • Especialidad: / Derecho Civil / Derechos reales / Derecho de propiedad / Comunidad de bienes
  • Número: 12390
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: ACCIÓN DE DIVISIÓN COSA COMÚN, RECURSO DE APELACIÓN, VIVIENDA FAMILIAR

SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

  • Partes
  • Peticiones Realizadas
  • Argumentos
  • Normas y Artículos relacionados
  • Documental aportada
  • Prueba
  • Resolución judicial

- JURISPRUDENCIA

- FORMULARIOS JURIDICOS RELACIONADOS

- BIBLIOTECA

  • Libros
  • Artículos jurídicos

- CASOS RELACIONADOS

Documentos originales presentados





El caso


Supuesto de hecho.
Getafe, 11-11-2016

Ambas partes son propietarios por mitad y con carácter privativo de la vivienda en Getafe. Ante la imposibilidad de llegar a un acuerdo para la extinción del condominio existente sobre esa vivienda, se solicitó en la demanda la división de cosa común procediéndose a la venta en pública subasta una vez declarada la indivisibilidad de esa finca.



Objetivo. Cuestión planteada.

Que se dicte Sentencia  por la que se declarase disuelta y extinguida la comunidad indivisa existente entre el actor y la demandada respecto de la vivienda, sacando dicho inmueble, si las partes no llegaren a un acuerdo en cuanto a su adjudicación a uno de ellos, a su venta en pública subasta, con admisión de licitadores extraños, repartiéndose el precio obtenido entre ambos copropietarios con arreglo a su cuota de participación en el bien, con expresa condena en costas a la demandada.



La estrategia. Solución propuesta.

- Probar que ambas partes son propietarios por mitad y con carácter privativo de la vivienda en Getafe.

- Alegar que, ante la imposibilidad de llegar a un acuerdo para la extinción del condominio existente sobre esa vivienda, es necesario que se declare la división de cosa común procediéndose a la venta en pública subasta una vez declarada la indivisibilidad de esa finca.



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