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Capacidad
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 20-07-2018
- Materia: Derecho Civil
- Especialidad: / Derecho Civil / Persona física / Capacidad
- Número: 12350
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: Incapacidad, Incapacidad permanente, Incapacidad permanente, INCAPACIDAD PERMANENTE, INCAPACITACIÓN, La tutela, TUTELA
El día 4 de mayo de 2018, la ahora demandate interpone una Demanda por la que solicita la declaración de incapacidad y nombramiento de tutor de su tía, la cual tiene una avanzada edad, padece de alzheimer y vive con los progenitores de la ahora demandante, ambos también de avanzada edad.
La demandada, tía de la ahora demandante, es una mujer de avanzada edad, viuda y padeciente de alzheimer en grado moderado pero progresivo que la incapacita para desarrollar las actividades básicas de la vida cotidiana como el vestirse o asearse, asimismo, en ocasiones, padece de delirios, alucinaciones y eposidos violentos que dificultan mucho la convivencia con su hermana y cuñado, ambos también de avanzada edad superando los 80 años de edad.
La ahora demandante y sobrina de la demandada, se encarga del cuidado de su tía, pero su trabajo de jornada completa de 40 horas semanales la imposibilita en gran medida a darle el cuidado y atención que se merece, razón por la cual solicita como medida cautelar el internamiento no voluntario de la presunta incapaz, así como su declaración de incapacidad y nombramiento de tutor.
Objetivo. Cuestión planteada.
- Que su tía sea declarada incapaz.
- Que se decrete como medida el internamiento no voluntario de la ahora demandada.
- Que le sea nombrada como tutor de la presunta incapaz.
La estrategia. Solución propuesta.
- Demostrar de manera fechaciente que la ahora demandada se encuentra aquejada de una enfermedad degenerativa y progresiva que la incapacita para desarrollar las actividades básicas de la vida diaria.
- Demostrar que la enfermedad que padece (alzheimer) más los episodios delirantes hacen que la convivencia entre la demandada y los progenitores de la demandante sea difícil y en ocasiones insostenible, teniendo siempre en cuenta que la hermana y cuñado de la ahora demandada son también personas de avanzada edad (superan ambos los 80 años).
- Demostrar que la ahora demandada necesita de un cuidado y atención que su sobrina no puede darle debido a su trabajo de jornada completa de 40 horas semanales que posee, razón por la cual solicitan el internamiento no voluntario de esta.