Contrato de obra

Reclamación de cantidad derivada de responsabilidad contractual. Incumplimiento del contrato. Contrato de obra. Intervención quirúrgica. (Caso de DÁVILA Y ASOCIADOS)


  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 10-05-2013
  • Materia: Derecho Civil
  • Especialidad: / Derecho Civil / Obligaciones y contratos / Contrato de obra
  • Número: 12305
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: ASISTENCIA SANITARIA, El contrato de obra, INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL, Intervención quirúrgica

SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

  • Partes
  • Peticiones Realizadas
  • Argumentos
  • Normas y Artículos relacionados
  • Documental aportada
  • Prueba
  • Resolución judicial

- JURISPRUDENCIA

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- BIBLIOTECA

  • Libros
  • Artículos jurídicos

- CASOS RELACIONADOS

Documentos originales presentados





El caso


Supuesto de hecho.
Andalucía, 01-01-2006

En enero de 2006, el ahora demandante acude acompañado de su esposa al centro estético que la mercantil ahora demandada tiene abierto en su ciudad al objeto de someterse a una revisión dotonológica. 

En este centro, se le informa que el tratamiento más adecuado para corregir los problemas dentales y patológicos que presentaba consistía en realizarse una serie de implantes sobre los que luego serían colocadas prótesis fijas híbridas con dientes acrílicos. 

Ante esta contundente opición de los profesionales, el ahora demandante accede y el 25 de enero de 2006 el centro estético de la ahora demandanda prepara el contrato que le fue presentado una vez cumplimentado para que lo firmara. El precio de la intervención se fijó en 25.501,51€. 

Al ahora demandante se le colocan las prótesis provisionales en enero de 2006, pero tras su colocación definitiva, en julio y agosto de 2006 es cuando empezaron los problemas y el incumplimiento del contrato se hizo evidente.

A las pocas horas de la intervención, el ahora demandante comenzó a notar crujidos, movimiento y basculación de las piezas entre otras molestias. Los profesionales del centro no le dieron importancia y niegan al ahora demandante cualquier solución o remedio además de una comprobación de las anomalías. 

Poco después, las piezas comienzan a romperse y desprenderse, la atención recibida es nefasta y, se ve obligado a estar sin dientes durante un largo tiempo, razón por la cual, en junio de 2007 presenta la primera hoja de reclamación, que fue seguida de otra en septiembre de 2007. 

En mayo de 2009, las partes aqui enfrentadas suscriben un nuevo contrato de prestación de servicios que tenía por objeto quitar corona o puente con la finalidad de mitigar los problemas que el tratamiento principal objeto del contrato previo suscrito en el año 2006 le estaba ocasionando. 

Esta nueva intervención a la que se somete, también resultó otro fracaso, pues el 16 de junio de 2009 se produce una nueva rotura de la prótesis; lo pone en conocimiento del centro, le niegan la asistencia y, es entonces cuando se ve obligado a acudir el 31 de junio de 2009 a otra clínica dental para que le solucionaran el problema al menos con carácter provisional hasta que el centro de la entidad ahora demandada le diera una cita. 

El 27 de agosto de 2009, se produce otra rotura que repara provisionalmente otra clínica dental por negarse nuevamente por el Centro de la entidad ahora demandada una cita de urgencia al demandante. 

El 20 de octubre de 2009, se presenta una Demanda de conciliación y, esta se resuelve sin avenencia, con posterioridad, la parte demandante, en octubre de 2010, reclama mediante burofax que se propició un inicio de conversación con la ahora demandada, pero que no se llegó a ningún acuerdo extrajudicial, por lo que se ve obligado a interponer la Demanda objeto de la presente litis en la que solicita ser indemnizado por los daños ocasionados como resultado del incumplimiento contractual del contrato suscrito en el año 2006. 



Objetivo. Cuestión planteada.
  • Ser indemnizado por los daños y perjuicios que el incumplimiento del contrato suscrito en el año 2006 le han ocasionado. 


La estrategia. Solución propuesta.
  • Demostrar que el contrato suscrito entre las partes en el año 2006 se ha incumplido. 
  • Demostrar que la publicidad que el centro de la entidad ahora demandada hace es engañosa.
  • Demostrar que los materiales empleados por la clínica de la entidad ahora demandada son de baja calidad.
  • Demostrar que los profesionales que aconsejaron al ahora demandante la intervención quirúrgica y consecuentemente la realizaron, actuaron con poca diligencia y profesionalidad. 


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