Contrato de Trabajo

Contrato de trabajo. Solicitud voluntaria de la de extinción de la relación laboral por el trabajador: incumplimiento grave del empresario en el retraso reiterado y trascendente del pago del salario al trabajador, y reclamación de cantidades.


  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 11-05-2020
  • Materia: Derecho Social
  • Especialidad: / Derecho Social / Contrato de Trabajo
  • Número: 12204
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: Estatuto de los Trabajadores, INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL, OBLIGACIONES CONTRACTUALES, PAGO DE SALARIO, proceso laboral

SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

  • Partes
  • Peticiones Realizadas
  • Argumentos
  • Normas y Artículos relacionados
  • Documental aportada
  • Prueba
  • Resolución judicial

- JURISPRUDENCIA

- FORMULARIOS JURIDICOS RELACIONADOS

- BIBLIOTECA

  • Libros
  • Artículos jurídicos

- CASOS RELACIONADOS

Documentos originales presentados





El caso


Supuesto de hecho.
Madrid., 10-06-2004

El 10 de junio de 2004 se inicia una relación laboral entre las partes a través de un contrato de trabajo, ostentando el trabajador la categoría de Jefe de Tráfico 2º, con un salario mensual con prorrateo de 2090 euros, y 1727,10 euros netos.

La relación laboral empieza a tener problemas a partir del año 2006 en los que se comienzan a producir retrasos por parte del empleador en el abono, en distingos pagos, de los salarios correspondientes. Esta situación supone un incumplimiento grave de la obligación del empleador respecto del abono de salarios, una causa que motiva la solicitud de la extinción de la relación laboral. 



Objetivo. Cuestión planteada.

- Que se proceda a la admisión de la demanda por resolución de contrato. 

- Que se estime íntegramente la demanda y la resolución del contrato por falta de pago y retrasos en el cobro. 

-Que se  estime procedente a una indemnización de 45 días por año de servicio.

 



La estrategia. Solución propuesta.

La estrategia del abogado va encaminada a :

-Probar que ha existido un retrado continuado en el abono de salarios al trabajador, presentandose las nóminas con fecha en las que se hicierón efectivas. 

-Que la conducta del empresario supone un incumplimiento grave del contraro según el artículo 50 del Estatuto de Trabajadores. 

-Que no es necesario que exista culpabilidad del empresario para que el comportamiento revista de la suficiente gravedad y permita al trabajador solicitar la extinción de la relación laboral.



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