Delitos

Delito contra la seguridad vial. Conducción bajo los efectos del alcohol.


  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 05-03-2019
  • Materia: Derecho Penal
  • Especialidad: / Derecho Penal / Delitos
  • Número: 12201
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: DELITO CONTRA LA SEGURIDAD VIAL, La diferencia entre infracciones de tráfico y delitos contra la seguridad vial, La protección penal de la seguridad vial, SEGURIDAD VIAL, Tráfico, circulación de vehículos y seguridad vial

SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

  • Partes
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  • Argumentos
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  • Documental aportada
  • Prueba
  • Resolución judicial

- JURISPRUDENCIA

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Documentos originales presentados





El caso


Supuesto de hecho.
Barcelona, 01-08-2018

El acusado, mayor de edad y sin atecedentes penales conducía bajo los efectos del alcohol de noche chocando con un fitón porpiedad del Ayuntamiento de Barcelona. Los agentes de Guardia Urbana de Barcelona realizaron prueba de alcoholemia siendo ésta positiva.

El acusado, niega los hechos que le vienen siendo atribuidos y que consisten, atendiendo a la calificación del Fiscal, en circular bajo la ingesta de bebidas alcohólicas que le incapacitaban fisica y psíquicamente para conducir, con el resultado de perder el control del vehículo colisionando con un fitón propiedad del Ayuntamiento de Barcelona.



Objetivo. Cuestión planteada.

Absolución de un delito contra a seguridad vial así como de la responsabilidad civil derivada.



La estrategia. Solución propuesta.

-No parece que se deba tomar en consideración la calificación provisional que de los hechos hace el Ministerio Fiscal, dicho sea con todos los respetos y a efectos de defensa. No perdamos de vista que no se ha probado que Pablo produjera los daños que se le atribuyen, ni se ha tasado su importe, ni han sido reclamados. Cabe tener en consideración la presunción de inocencia.

-Negación de la correlativa del Ministerio Fiscal. Sin delito no puede hablarse de participación alguna en el delito atribuido y por tanto, concurren circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal donde no hay delito.



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