

Liquidación de los intereses legales del artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro, acordados mediante sentencia de condena dineraria, como consecuencia de un accidente de tráfico. Error material en los cálculos.
DOCUMENTOS ORIGINALES PRESENTADOS
EL CASO
Supuesto de hecho.
D. Antonio y la aseguradora Vehículos Mutualidad han sido condenados por sentencia firme al pago de la suma principal de 535,43 euros a D. José, más los intereses legales del artículo 20 de la LCS desde la fecha del siniestro, como indemnización de daños y perjuicios ocasionados en accidente de tráfico.Objetivo. Cuestión planteada.
El cliente en este caso es D. José, y su objetivo es que se le entregue el principal (535,43 euros) consignado por los demandados, así como también le liquiden los intereses de la deuda.La estrategia. Solución propuesta.
Dado que el principal está consignado, la estrategia del Abogado consiste en este caso en proceder al cálculo de los intereses legales del artículo 20 de la LCS. Dicho cálculo tiene como base el interés legal del dinero, incrementado en un 50%, desde la fecha del siniestro y hasta su pago o consignación.