Derecho Deportivo

Recurso contencioso-administrativo contra resolución de la Federación Deportiva. Cuestión de inconstitucionalidad.


  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 25-11-2014
  • Materia: Derecho Deportivo
  • Especialidad: / Derecho Deportivo
  • Número: 12028
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: Deportes, DERECHO DEPORTIVO, Derechos colectivos en el ámbito del deporte profesional, La dimensión internacional del deporte (II). Las federaciones deportivas internacionales., Las entidades deportivas privadas (II). Las federaciones deportivas.

SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

  • Partes
  • Peticiones Realizadas
  • Argumentos
  • Normas y Artículos relacionados
  • Documental aportada
  • Prueba
  • Resolución judicial

- JURISPRUDENCIA

- FORMULARIOS JURIDICOS RELACIONADOS

- BIBLIOTECA

  • Libros
  • Artículos jurídicos

- CASOS RELACIONADOS

Documentos originales presentados





El caso


Supuesto de hecho.
Madrid, 04-12-2002

El recurrente es elegido como Secretario General de la Asociación de Ciclistas el día 4 de diciembre de 2002, como miembro de la Junta Directiva asiste a diversas reuniones y la propia Real Federación (parte recurrida) reconoce que el recurrente ha participado, desde el año 2004, como dirigente en reuniones oficiales.

En los años 2009, 2010 y 2011, el recurrente solicita la licencia federativa en la categoría de "cicloturista" y, para ello, utiliza el formulario de solicitud aprobado por la Federación recurrida. El día 2 de marzo de 2012, el recurrente solicita la licencia deportiva para el año 2012, en la categoría de dirigente, pero ante la no expedición de la licencia deportiva, los días 2 de abril de 2012 y 9 de mayo del mismo año, el recurrente solicita a la Real Federación que emitiera la correspondiente certificación del silencio administrativo producido y que procediera a entregar el documento físico que acreditara estar en posesión de la licencia anteriormente solicitada. 

El día 1 de junio de 2012, la Real Federación deniega la licencia, motivando que la solicitud no podía contener tacha o enmienda alguna y que el recurrente no había acreditado ser dirigente de la Asociación de Ciclistas. Ante este hecho, el recurrente, el día 11 de julio de 2021 decide interponer recurso de alzada, pero el Presidente del Consejo Superior de Deportes desestima dicho recurso mediante resolución de fecha 28 de septiembre de 2012, resolución que ahora es recurrida y objeto del presente litis. 



Objetivo. Cuestión planteada.

Que se desestime el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el recurrente y no se declare la nulidad de la resolución de fecha 28 de septiembre de 2012, por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto por la parte actora resultado de la denegación de la expedición de la licencia deportiva que solicitó con anterioridad.



La estrategia. Solución propuesta.
  • Dejar sin efecto la supuesta inconstitucionalidad que declara la parte recurrente en su Demanda.
  • Demostrar de manera fehaciente que la solicitud realizada por la parte recurrente era incorrecta, razón por la cual no se expide la licencia deportiva solicitada por la parte actora.


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