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Contrato de arrendamiento de servicios
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 28-11-2013
- Materia: Derecho Civil
- Especialidad: / Derecho Civil / Obligaciones y contratos / Contrato de arrendamiento de servicios
- Número: 11646
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: Honorarios del abogado: origen y devolución, Colegio de abogados, COLEGIOS PROFESIONALES, Responsabilidad Civil abogados y procuradores
El demandante tenía encargado a un determinado abogado en ejercicio, la segregación de derecho de una finca rústica, la cual se encuentra segregada de hecho desde hace más de cuarenta años, y en la que se han producido sucesivas adquisiciones, se han establecido registros porcinos separados, tienen sus lindes claramente establecidas y funcionan como fincas independientes.
Dicho encargo se produjo en el año 2007. El letrado, conocedor de la patente situación de hecho, instó, en primer lugar y frente a uno de los propietarios colindantes, una demanda de conciliación, la cual se celebró, en el Juzgado al que me dirijo el 23 de julio de 2007. Dejo designados los archivos correspondientes del Juzgado a los pertinentes efectos probatorio.
El Letrado, pese a ser sabedor de que las fincas llevaban devenires independientes desde hacía mucho tiempo, y que sólo en el Registro de la
Propiedad permanecía el proindiviso, entabló, en el año 2008, un Procedimiento Ordinario de Acción de División de Cosa Común, sobre el cual recayó la Sentencia nº 30/2010, la cual dice:
“En ausencia de indivisión no es posible articular el ejercicio de una <<actio communi dividundu>>. Las partes pueden acudir a distintos procedimientos para lograr la rectificación del Registro y su concordancia con la realidad existente, pero en ningún caso puede prosperara la acción de división de cosa común”. En este procedimiento, el ahora demandante fue condenado al pago de las costas causadas, ocasionándole un quebranto económico.
Objetivo. Cuestión planteada.
Conseguir la correspondiente indenmización por daños y perjuicios causados de la pérdida de oportunidad.
La estrategia. Solución propuesta.
El error profesional tuvo para el cliente ahora demandante, unas consecuencias negativas valorables económicamente como daño material en la suma de 34.857’19 € por la errónea elección del procedimiento aplicable para el ejercicio de la acción pretendida, la cual era la rectificación de datos registrales.
No se trata de una pérdida de oportunidad derivada de un resultado. Esta pérdida de oportunidad procesal deriva de la falta de medios necesarios por parte del abogado y de su falta de diligencia debida para la ejecución de su trabajo. Quedando acreditado que la acción que pretendía realizar era inviable e imposible de conseguir desde el punto de vista de un abogado diligente.
Es por ello que la “pérdida de oportunidad” tiene en este caso una estricta relación con la citada cuantía del daño material.