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Contrato de compraventa de participaciones sociales
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 07-09-2020
- Materia: Derecho Mercantil
- Especialidad: / Derecho Mercantil / Contratación / contratos / Contrato de compraventa / Contrato de compraventa de participaciones sociales
- Número: 11489
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUICIOS, participaciones preferentes, Productos de renta fija privada: pagarés de empresa, bonos, obligaciones y cédulas
1. Demanda. |
2. Decreto de admisión a trámite de la demanda. |
3. Contestación a la demanda. |
4. Nota de prueba. |
5. Providencia. |
6. Demanda de ejecución. |
El dia siete de julio de 2006 Dña. María adquiere unos Bonos 5% BO, a traves del Banco S.A, Dña M. fallece y su heredero D. J. es titular de los Bonos comprados en 2006 por valor de 12000 euros, El Banco S.A es absorbido por el Banco S.L el dia 1 de diciembre de 2011. Don J. no ha tenido ninguna noticia sobre el capital invertido ni sabe los prodcutos citados, habiéndose convertido en cliente del Banco SL a causa de la cesión del negocio del Banco S.A al Banco S.L, habiéndosele aperturado una cuenta de valores y una cuenta corriente en BANCO SL, sin haber firmado contrato alguno ni haber prestado su consetiemiento para la apertura de dicha cuenta bancaria, cobrandosele las comisiones de apertura de estas cuentas, a un precio de comisiones mucho mas alto del que tenia con BANCO SA.
D. Javier no ha recicibo ninguno comunicacion por parte de BANCO S.L que le informe de la situacion de los Bonos 5% BO; habiendose producido innumerables llamadas a la oficinas por parte de los afectados, cartas y mails, y los empleados no saben nada del asunto, no obstante algun empleado hace mencion de que el prodcuto financiero tóxico de lo Bonos 5% BO no es negocio bancario de BANCO SL, contradiendose como he expuesto anteriormente cuando le abren la cuenta de valores y corriente sin consentimiento.
Por lo que D. J. decide demandar a BANCO SL sucesor de BANCO SA.
Objetivo. Cuestión planteada.
Conseguir indemnización de daños y perjuicios provocados por incumplimiento del derecho a la información en la contratación del producto bancario de inversión Bonos 5% BO a consecuencia del incumplimiento del deber de información al cliente en el momento de contratación del producto bancario y un incorrecto asesoramiento en el momento de la contratación del citado producto bancario y se condene a la demandada al pago de la cantidad de DOCE MIL EUROS (12.000 EUROS), más los intereses legales, sobre estos importes hasta su efectivo pago.
La estrategia. Solución propuesta.
La estratagia del abogado es poder ejercitar la Accion de Daños y Perjuicios, la cual prescribe a los 15 años, mediante la interposicion de una demanda el dia 30 de marzo de 2019 para asi poder demostrar lo que le ha afectado, el lucro cesante y el daño emergente que le ha ocasionado a Don J., y cuantificarlos por valor de los Bonos entonces adquiridos, alegando falta de información a la hora de la compra, y falta de riesgo que conllevaban la adquisición de estos Bonos, a personas que no se dedican a la inversiones.