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Agresión, abuso y acoso sexual
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 06-11-2015
- Materia: Derecho Penal
- Especialidad: / Derecho Penal / Delitos / Contra la libertad y la indemnidad sexual / Agresión, abuso y acoso sexual
- Número: 10503
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: ABUSO SEXUAL, La Directiva 2011/92/ relativa a la lucha contra los abusos sexuales y la explotación sexual de los menores y la pornografía infantil, PORNOGRAFÍA INFANTIL, requerimientos de inhibición
El procesado, mayor de edad, sin antecedentes penales, se encontraba el 10 de julio de 2013 en su domicilio junto a su sobrina, que contaba entones con tan solo 8 años de edad, aprovechando que estaban solos, la tumbó en el sofá, la desnudó, al tiempo que se sacaba su pene, tocándoselo, lo puso en los genitales de introduciéndole un dedo en la vagina a la menor. Durante los hechos, y con el fin de satisfacer su propio deseo sexual en momentos posteriores., el procesado hizo fotografías a en las que aparecía tumbada desnuda, también fotografió los glúteos y la vagina de la menor cuando estaba su dedo en la misma. El día 6 de septiembre de 2013, encontrándose el procesado de vacaciones familiares en en compañía de toda la familia de aprovechó que se encontraban a solas en el apartamento con su sobrina, la desnudó, la tumbó en una cama, se sacó el pene, tocándoselo y acercándolo a los genitales de la menor. El procesado los días 21 y el 23 de junio de 2013, sacó fotografías de la menor desnuda, en poses lascivas, y ello con el mismo fin de satisfacer su deseo sexual cuando quisiese.
Objetivo. Cuestión planteada.
El objetivo de la parte acusadora es la condena del acusado, con la imposición de las penas accesorias oportunas.
La estrategia. Solución propuesta.
La estrategia del abogado de la víctima consiste en demostrar la perpetración del hecho delictivo mediante testimonios y el informe de la clinica médico forense que confirman los indicios de un abuso sexual de la victima. Respecto al hecho delictivo de material pornografico se comprueba por los metadatos obtenidos por el cuerpo policial pertencen al teléfono movil del acusado.