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Divorcio
Divorcio contencioso con hijos menores de edad. Medidas relacionadas con la hija menor de edad y pensión compensatoria a favor de la esposa. Vigencia de las medidas civiles acordadas en la orden de protección.
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 21-02-2007
- Materia: Derecho Civil
- Especialidad: / Derecho Civil / Familia / Matrimonio / Divorcio
- Número: 1037
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: Amenazas, ATRIBUCIÓN DEL USO DE LA VIVIENDA FAMILIAR, DIVORCIO CONTENCIOSO, LESIONES, ORDEN DE ALEJAMIENTO, Pensión compensatoria, PENSIÓN DE ALIMENTOS, Violencia de género
Supuesto de hecho.
Objetivo. Cuestión planteada.
La estrategia. Solución propuesta.
Langreo (Asturias), 30-03-2006
El supuesto de hecho se inicia el 30 de marzo de 2006, con la interposición por parte de la Señora Amparo de la Demanda de divorcio.
Los señores Amparo y Severiano contraen matrimonio el 8 mayo de 1992. Naciendo de dicho matrimonio dos hijos: Diego, nacido el 13 de noviembre de 1984 y siendo reconocida su filiación por D. Severiano el 19 de julio de 1992, y Laura nacida el 11 de diciembre de 1992.
En fecha de 24 de febrero de 2006, la Señora Amparo ha denunciado a su marido por los delitos de lesiones y amenazas frente a su hija menor Laura.
Dicha denuncia ha derivado en la adopción por parte del Juzgado de Instrucción de Langreo de Auto acordando orden de protección, a tenor del cual el demandado no puede aproximarse a su hija en un radio de 150 metros, ni comunicarse con ella por cualquier medio telegráfico o telemático.
El mencionado procedimiento penal sigue en este mismo Juzgado mixto de Instancia e Instrucción, y aún que se encuentra pendiente de resolución.
Por el Auto de 24 de febrero junto a la medida penal que representa la orden de alejamiento, también fueran adoptadas con carácter provisional las siguientes medidas civiles: la atribución a Doña Amparo de la guarda y custodia de su hija menor de edad, del uso y desfrute del domicilio familiar, sito en Langreo, y la obligación del denunciado de contribuir al levantamiento de las cargas del matrimonio y alimentos en la cantidad de 500 € mensuales. Dichas medidas cesarán en su eficacia a los 30 días, si en dicho plazo no se interpone Demanda ante los tribunales civiles.
Los señores Amparo y Severiano contraen matrimonio el 8 mayo de 1992. Naciendo de dicho matrimonio dos hijos: Diego, nacido el 13 de noviembre de 1984 y siendo reconocida su filiación por D. Severiano el 19 de julio de 1992, y Laura nacida el 11 de diciembre de 1992.
En fecha de 24 de febrero de 2006, la Señora Amparo ha denunciado a su marido por los delitos de lesiones y amenazas frente a su hija menor Laura.
Dicha denuncia ha derivado en la adopción por parte del Juzgado de Instrucción de Langreo de Auto acordando orden de protección, a tenor del cual el demandado no puede aproximarse a su hija en un radio de 150 metros, ni comunicarse con ella por cualquier medio telegráfico o telemático.
El mencionado procedimiento penal sigue en este mismo Juzgado mixto de Instancia e Instrucción, y aún que se encuentra pendiente de resolución.
Por el Auto de 24 de febrero junto a la medida penal que representa la orden de alejamiento, también fueran adoptadas con carácter provisional las siguientes medidas civiles: la atribución a Doña Amparo de la guarda y custodia de su hija menor de edad, del uso y desfrute del domicilio familiar, sito en Langreo, y la obligación del denunciado de contribuir al levantamiento de las cargas del matrimonio y alimentos en la cantidad de 500 € mensuales. Dichas medidas cesarán en su eficacia a los 30 días, si en dicho plazo no se interpone Demanda ante los tribunales civiles.
Objetivo. Cuestión planteada.
El cliente es la Señora Amparo, y sus objetivos son varios:
- Disolución del matrimonio.
- Atribución de la guardia y custodia de la hija menor.Supresión del régimen de visitas el padre.
- Atribución a la hija menor y, por ende, a la Señora Amparo del uso y disfrute de domicilio familiar.
- Una pensión de alimentos a favor de la hija menor Laura.
- Una pensión compensatoria a favor de la Señora Amparo.
La estrategia. Solución propuesta.
La estrategia principal del abogado, se basa en constatar que ha transcurrido el plazo legal establecido para poder divorciarse y, por otro lado, acreditar la falta de recursos económicos de la Señora Amparo, así como los ingresos reales del Señor Severiano
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