

Delito leve de hurto continuado llevado a cabo por menores. Sentencia de conformidad.
DOCUMENTOS ORIGINALES PRESENTADOS
EL CASO
Supuesto de hecho.
El día 25 de mayo de 2018, en la ciudad de Madrid, dos menores de edad, puestas de común y previo acuerdo, entraron en el establecimiento “PRIMOR” y se apoderaron de productos por importe de 177,55 euros y se ausentaron de la tienda aprovechando el descuido de los empleados.
A continuación se dirigieron al establecimiento “PRIMARK” y se apoderaron de varios efectos, cuyo precio de venta al público ascendía a 165,40 euros, y cuando trataban de abandonar el centro sin abonar su importe fueron interceptadas por personal de seguridad.
La totalidad de los efectos fueron recuperados y devueltos a los correspondientes establecimientos.
El 12 de junio de 2018 se inicia el expediente por delito leve continuado de hurto intentado del art. 234.2 y 74 del Código Penal.
Objetivo. Cuestión planteada.
Se denuncian los hechos con el objeto de que tramite expediente de acuerdo a lo previsto en Ley Orgánica Reguladora de la Responsabilidad Penal de Menores, que establece un procedimiento para menores, que no es estrictamente penal pero si sancionador.
La estrategia. Solución propuesta.
El siguiente procedimiento se inicia por denuncia un delito leve de hurto continuado realizado por menores. En la audiencia, las dos menores implicadas en los hechos, se reconocen como autoras y muestran conformidad tanto con las alegaciones del Ministerio Fiscal como con las medidas solicitadas por éste.