Extranjería. Recurso de alzada contra denegación de renovación de autorización de residencia y trabajo.

  • Número: 4521
  • Materia: Derecho Administrativo
  • Especialidad: / Derecho Administrativo / Extranjería / Autorización de trabajo y regímenes españoles
  • Tipo de caso: Caso Extrajudicial
  • Voces: Extranjería, RECURSO DE ALZADA, SUSPENSIÓN DE LA EJECUCIÓN DEL ACTO O DISPOSICIÓN OBJETO DEL RECURSO
Atención, este caso real contiene normativa que no está en vigor. Esto podría afectar al planteamiento del caso y al fallo del tribunal. (Consultar legislación relacionada)

DOCUMENTOS ORIGINALES PRESENTADOS

EL CASO

Supuesto de hecho.

En fecha 26 de septiembre de 2008, fecha de inicio del supuesto, Dña. Patricia solicita renovación de su autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena renovación ante la Subdelegación del Gobierno en Alicante, teniendo entrada en la Oficina de Extranjeros en fecha 29 de los mismos. 

En fecha 18 de noviembre de 2008, la Subdelegada del Gobierno resuelve su solicitud denegando la renovación de la autorización de residencia temporal y trabajo, siendo notificada dicha Resolución a Dña. Patricia el 3 de diciembre.
 
El motivo de la denegación se encuentra en que Dña. Patricia no acredita la actividad laboral exigida durante el período de vigencia de del permiso que solicita renovar. 

En efecto, durante el año 2008 si habia cotizado durante más de seis meses en el Régimen Especial de Empleadas de Hogar (en adelante, REEH), pero durante el año 2007 habia estado trabajando sin darse de alta en el citado Régimen.
 
Es por esto que Dña. Patricia interpone de alzada contra la Resolución de la Subdelegación del Gobierno.

Objetivo. Cuestión planteada.

El cliente es Dña. Patricia y su objetivo es que se anule la Resolución denegatoria de la Subdelegación del Gobierno y se proceda a la renovación de su autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena 2ª renovación.

La estrategia. Solución propuesta.

La estrategia del abogado se basa en demostrar que, según la propia normativa que regula el REEH, no era necesaria el alta y acreditará la realización de actividad laboral durante ese periodo.
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