Contrato de cesión de marca

  • Número: 4159
  • Materia: Derecho Mercantil
  • Especialidad: / Derecho Mercantil / Propiedad Intelectual e Industrial / Propiedad industrial
  • Tipo de caso: Caso Extrajudicial
  • Voces: Cesión de derechos, Cumplimiento de los contratos, Marcas, OBLIGACIONES CONTRACTUALES, Oficina Española de Patentes y Marcas, RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL

DOCUMENTOS ORIGINALES PRESENTADOS

EL CASO

Supuesto de hecho.

La sociedad FALABELLA, S.L. es titular de marca “Mixta”, inscrita en el Registro de la propiedad Industrial. En fecha 25 de septiembre de 2004, FALABELLA, S.L celebra un contrato con AVANZI, S.L. por el cual le cede la marca “Mixta” a éste.

Objetivo. Cuestión planteada.

AVANZI, S.A (en adelante el AVANZI) está interesada en la obtención de la marca “Mixta” con el objetivo de lanzar al mercado un nuevo producto bajo la misma.

La estrategia. Solución propuesta.

El abogado debe hacer constar en el contrato que FALABELLA, S.L es el titular de la marca y que ésta se encuentra inscrita en la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM).

Asimismo, debe regular las obligaciones y los derechos de las partes respecto de la marca, estableciendo que FALABELLA, S.L debe facilitar su colaboración para que el contrato de cesión conste en la OEPM.

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