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Impuestos
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 01-01-0000
- Materia: Derecho Fiscal y Tributario
- Especialidad: / Derecho Fiscal y Tributario / Impuestos
- Número: 11686
- Tipo de caso: Caso Extrajudicial
- Voces: HACIENDA PÚBLICA, Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, INSPECCIÓN DE HACIENDA
1. Notificación Hacienda. |
2. Alegaciones |
3. Liquidación provisional. |
4. Estimación parcial de alegaciones. |
La Administración, de acuerdo con los datos y justificantes aportados por el contribuyente o solicitados por la misma y los antecedentes de que dispone, realiza la propuesta de liquidación provisional que se adjunta en concepto de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
El alcance de este procedimiento se circunscribe a la revisión y comprobación de las incidencias observadas en los datos declarados. En concreto:
- Constatar que la totalidad de las imputaciones efectuadas por terceros, ingresos para el contribuyente, vienen recogidas en la declaración.
- Comprobar que el contribuyente aplica correctamente la deducción por vivienda.
Asimismo, la administración informa que el procedimiento de devolución iniciado con la declaración presentada por su cónyuge queda suspendido hasta que se resuelva el procedimiento de comprobación limitada que se inicia con la notificación del presente trámite de Alegaciones.
Objetivo. Cuestión planteada.
El objetivo es subsanar la documentación requerida.
La estrategia. Solución propuesta.
El objeto de la documentación aportada es la subsanación, aclaración o justificación de las incidencias observadas en los datos declarados, de forma que queden detalladas en el alcance de este procedimiento.