Coacciones de inmobiliaria

  • Materia: Derecho Penal
  • Especialidad: / Derecho Penal / Faltas / Contra las personas
  • Número: 445
  • Tipo de caso: Consulta
  • Voces:

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CONSULTA

Supuesto de hecho. Cuestión planteada.

Barcelona, 06-08-2008

  Envió un burofax a la inmobiliaria (compromiso de reserva) de resolucion de contrato y lo recibieron y no paran de llamarle. No les está cogiendo el telefono, porque se lo aconsejaron así. Ahora ellos les estan dejando mensajes en el telefono. Les dijo a la inmobiliaria que se pusieran en contacto con ella mediante escrito y le aconsejaron que no cogiera el telefono.

Solución propuesta.

  Se recomienda a la usuaria que de persistir la agencia inmobiliaria en las llamadas teléfonicas se proceda a interponer denuncia dado que los hechos descritos podrían ser constitutivos de una falta de coacciones tipificados en el artículo 620.2 del vigente Código Penal, el cual establece que serán castigados con la pena de multa de diez a veinte días los que causen a otro una amenaza, coacción, injuria o vejación injusta de carácter leve, salvo que el hecho sea constitutivo de delito.
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