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Divorcio
Divorcio entre español y mexicana. Régimen de separación de bienes. Guarda y custodia de los hijos.
- Materia: Derecho Civil
- Especialidad: / Derecho Civil / Familia / Matrimonio / Divorcio
- Número: 374
- Tipo de caso: Consulta
- Voces: DIVORCIO CONTENCIOSO, DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO, Guarda y custodia de hijos, LIQUIDACIÓN DEL RÉGIMEN ECONÓMICO MATRIMONIAL, MATRIMONIO, MATRIMONIO CON EXTRANJERO, Régimen de separación de bienes, Sustracción de menores
SUMARIO
- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO
- EL CASO
- PROCEDIMIENTO JUDICIAL
- Partes
- Peticiones Realizadas
- Argumentos
- Normas y Artículos relacionados
- Documental aportada
- Prueba
- Resolución judicial
- JURISPRUDENCIA
- FORMULARIOS JURIDICOS RELACIONADOS
- BIBLIOTECA
- Libros
- Artículos jurídicos
- CASOS RELACIONADOS
1. Demanda de guarda y custodia de mutuo acuerdo. Convenio regulador. Hijo menor de edad. |
2. Delito de matrimonio ilegal. Bigamia. Segundo matrimonio contraido en el extranjero. |
Supuesto de hecho. Cuestión planteada.
Solución propuesta.
Barcelona, 01-08-2008
El cliente desea asesoramiento, sobre todo porque el matrimonio tiene dos hijos de uno y tres años respectivamente, nacidos en España. La esposa es mexicana. El régimen económico matrimonial es el de separación de bienes.
El piso está a nombre del marido, de nacionalidad española, y la hipoteca también.
El cliente desea divorciarse y nos pregunta cuales serían las consecuencias jurídicas.
El piso está a nombre del marido, de nacionalidad española, y la hipoteca también.
El cliente desea divorciarse y nos pregunta cuales serían las consecuencias jurídicas.
Solución propuesta.
Se informa al cliente acerca de las dos posibles vías existentes para divorciarse: de mutuo acuerdo o por vía contenciosa. La vía más aconsejable es el mutuo acuerdo, ya que las dos partes podrían tomar las decisiones sobre la disolución de la sociedad de gananciales, el reparto de los bienes y la guardia y custodia de los niños, y más aún en el caso que plantea el cliente, el cual desea obtener la guardia y custodia compartida de sus hijos.
Se le explica que en caso de desacuerdo deberá acudir a la vía contenciosa y que el resultado de dicho procedimiento depende de lo que se solicite por ambas partes, lo que se acredite y lo que considere el Juez. Se le advierte que lo peor que puede pasar en un procedimiento contencioso, en su caso, es que le otorguen la guardia y custodia de sus hijos a la madre con un amplio régimen de visitas para él, que tenga que pagar una pensión de alimentos para los niños, otra pensión limitada en el tiempo para la madre de sus hijos y que se le otorgue el uso de la vivienda a ella durante unos años.
En cuanto a la posibilidad de que la madre se lleve a los menores a México, se le explica que ésta deberá solicitar autorización judicial así como que se le otorgue la guardia y custodia de los niños, todo ello en un procedimiento judicial en el que él podría solicitar la guardia y custodia de sus hijos y oponerse al traslado.
Se le explica que en caso de desacuerdo deberá acudir a la vía contenciosa y que el resultado de dicho procedimiento depende de lo que se solicite por ambas partes, lo que se acredite y lo que considere el Juez. Se le advierte que lo peor que puede pasar en un procedimiento contencioso, en su caso, es que le otorguen la guardia y custodia de sus hijos a la madre con un amplio régimen de visitas para él, que tenga que pagar una pensión de alimentos para los niños, otra pensión limitada en el tiempo para la madre de sus hijos y que se le otorgue el uso de la vivienda a ella durante unos años.
En cuanto a la posibilidad de que la madre se lleve a los menores a México, se le explica que ésta deberá solicitar autorización judicial así como que se le otorgue la guardia y custodia de los niños, todo ello en un procedimiento judicial en el que él podría solicitar la guardia y custodia de sus hijos y oponerse al traslado.
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