Pension de Alimentos

Divorcio. Reclamación de alimentos por la progenitora.


  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 17-02-2015
  • Materia: Derecho Civil
  • Especialidad: / Derecho Civil / Familia / Pension de Alimentos
  • Número: 9623
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: Crisis matrimoniales: nulidad, separación y divorcio, DIVORCIO CONTENCIOSO, GUARDA Y CUSTODIA DE HIJOS, PENSIÓN DE ALIMENTOS

SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

  • Partes
  • Peticiones Realizadas
  • Argumentos
  • Normas y Artículos relacionados
  • Documental aportada
  • Prueba
  • Resolución judicial

- JURISPRUDENCIA

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  • Artículos jurídicos

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Documentos originales presentados





El caso


Supuesto de hecho.
Madrid, 16-05-2011

Por el Procurador de Doña Esmeralda se presentó demanda el 25.07.2014, por la que se solicitaba que, bajo la patria potestad de ambas partes, se atribuyera a la demandante la guarda y custodia de la hija común Alba, nacida el 16.05.2011, con un régimen de viistas paterno de fines de semana alternos, desde la salida del colegio el viernes hasta las 20.00 horas del domingo, tardes de martes y jueves, y mitad de las vacaciones escolares, que el padre pagara para alimentos de su hija una pensión de doscientos euros mensuales actualizables desde la presentación de la demanda, y la mitad de los gastos extraordinarios de la menor. 

En su contestación, el demandado interesó que se lo atribuyera a él la guarda y custodia de la menor o, subsidiariamente, que la pensión a cargo del padre fuera de 150 euros mensuales. 



Objetivo. Cuestión planteada.

El objetivo del cliente es obtener para la hija en comun que tienen ambos progenitores, una pension de alimentos en funcion de las necesidades de dicha hija y de los ingresos y gastos del progenitor. 



La estrategia. Solución propuesta.

La estrategia del abogado es demostrar que la demandante y reclamante de alimentos ha disminuido sus gastos con el fin de gestionar su economía acorde con las necesidades de la hija común y que a pesar de dicha situación no puede hacer frente ella sola a los gastos de ésta. 



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