

Delito de abandono de familia en la modalidad de impago de las prestaciones económicas por padre (reinteradamente), el cual estuvo ingresado en prisión varios meses. Sobreseimiento inicial y posterior recurso Apelación.
DOCUMENTOS ORIGINALES PRESENTADOS
EL CASO
Supuesto de hecho.
Con fecha de 6 de Abril de 2006, se dictó sentencia por el juzgado en el procedimiento de Medidas Paternofiliales, en la cual se aprobaban las medidas acordadas por Don Luis y Doña Francisca en el Convenio regulador firmado en esta fecha.
En este convenio, en su punto tercero, ambas partes acordaron que el Señor Luis pagará una pensión mensual por su hijo de 150€.
Don Luis únicamente ha abonado la pensión del mes de abril, por lo que a día de hoy, adeuda los meses de mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre.
Objetivo. Cuestión planteada.
Que habiendose rpesentado el escrito, se tenga por interpuesta la DENUNCIA, de los hechos narrados que pueden ser constitutivos de un delito tipificado en el art. 227 del CP.
La estrategia. Solución propuesta.
El objetivo del letrado consiste en demostrar que dichos impagos de la pensión alimenticia son constitutivos de delito, más específicamente del art. 227 del CP y a su vez solicitar el pago de las pensiones atrasadas, ya que es obligación suya como padre de pagar la manutención del hijo.