Contrato de préstamo

Suspensión de la ejecución hipotecaria. Cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre la abusividad de cláusula de vencimiento anticipado en contrato de préstamo hipotecario celebrado con consumidor que prevé el vencimiento por impago de una sola cuota.


  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 20-07-2017
  • Materia: Derecho Civil
  • Especialidad: / Derecho Civil / Obligaciones y contratos / Contrato de préstamo
  • Número: 9560
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: CLÁUSULAS ABUSIVAS, CONDICIONES GENERALES DE LA CONTRATACIÓN, Consumidores y usuarios, Declaración de nulidad de una cláusula abusiva. Procedimiento. Efectos en el tiempo., EJECUCIÓN HIPOTECARIA, HIPOTECA, La interpretación expresa y tácita del Tribunal de Justicia de la Unión Europea., PRÉSTAMO, UNO.-Cláusula de vencimiento anticipado de la deuda

SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

  • Partes
  • Peticiones Realizadas
  • Argumentos
  • Normas y Artículos relacionados
  • Documental aportada
  • Prueba
  • Resolución judicial

- JURISPRUDENCIA

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- BIBLIOTECA

  • Libros
  • Artículos jurídicos

- CASOS RELACIONADOS

Documentos originales presentados





El caso


Supuesto de hecho.
Aranjuez, 31-03-2006

Con fecha 31 de marzo de 2006, Doña Mar firmó una escritura de préstamo hipotecario con la entidad financiera BANCO S.A., tratándose de un contrato de adhesión ya que la prestataria no tuvo en ningún momento la posibilidad de negociar ninguna de las cláusulas estipuladas en el mismo.

En el año 2013, Doña Mar recibe una demanda que inicia el proceso por el que se dicta auto despachando la ejecución hipotecaria, sin haber sido previamente comunicada de que contaba con un saldo deudor por el que se resolvería el contrato y se procedería al vencimiento anticipado del préstamo.

Por ello, interpone una demanda ante el Juzgado de Primera Instancia de Aranjuez. 



Objetivo. Cuestión planteada.

El objetivo de Doña Mar es que se suspenda la ejecución hipotecaria, citando a las partes mediante convocatoria a la comparecencia y se dicte auto por el que se sobresea la ejecución por defectos procesales.

Subsidiariamente, que se decrete la nulidad de la cláusula sexta letra b) de vencimiento anticipado del préstamo declarando no haber lugar a despachar la ejecución.



La estrategia. Solución propuesta.

El abogado alega diferentes razones por las que se debe considerar la suspensión de la ejecución hipotecaria:

  • No se ha notificado el saldo deudor y el vencimiento anticipado con carácter previo a la interposición de la demanda
  • Inexistencia de título ejecutivo
  • Carácter abusivo de la cláusula de vencimiento anticipado
  • Carácter abusivo del tipo de interés de demora fijado en un 18%


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