Otros contratos

Demanda de nulidad del contrato de obligaciones subordinadas y reclamación de cantidad por falta de información y de consentimiento


  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 17-06-2016
  • Materia: Derecho Civil
  • Especialidad: / Derecho Civil / Obligaciones y contratos / Otros contratos
  • Número: 9543
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: ALLANAMIENTO A LA DEMANDA, BANCA, CLÁUSULAS ABUSIVAS, CONDICIONES GENERALES DE LA CONTRATACIÓN, Consumidores y usuarios, DEPÓSITO DE VALORES, Deuda subordinada, Nulidad, Sistema financiero, VICIOS DEL CONSENTIMIENTO

SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

  • Partes
  • Peticiones Realizadas
  • Argumentos
  • Normas y Artículos relacionados
  • Documental aportada
  • Prueba
  • Resolución judicial

- JURISPRUDENCIA

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  • Libros
  • Artículos jurídicos

- CASOS RELACIONADOS

Documentos originales presentados





El caso


Supuesto de hecho.
La Vega de Pas, 23-03-2011

Doña Lorena y Don Alberto llevaban siendo clientes de la entidad bancaria BANCO S.A. desde hace más de 15 años cuando dicha entidad les ofreció la posibilidad de adquirir un producto financiero "de alta rentabilidad que garantizaba la devolución íntegra del capital aportado y que les iba a generar grandes rendimientos". 

La pareja, a pesar de su perfil ahorrador, sus nulos conocimientos financieros y la complejidad del producto, aceptó la oferta suscribiendo una orden de compra de 12 títulos de Obligaciones Subordinadas. Además, ni si quiera se les efectuó ningún test, ni de conveniencia ni de idoneidad. 

Paralelamente, en el mismo acto en que se formalizó la Orden de Compra, se procedió a abrir también a su nombre una Cuenta de Valores.

El 13 de marzo de 2013, se le ofrece a la pareja la posibilidad de aceptar el canje de las obligaciones subordinadas por acciones y obligaciones convertibles del propio blanco con la advertencia de que, de no acceder a tal canje, dichas subordinadas serían objeto del canje forzoso acordado por el FROB.

El 9 de abril de 2013, se les remitió una carta a los actores ofreciéndoles también la posibilidad de canjear por un depósito indisponible cuyo precio de canje sería igual al valor nominal del instrumento de deuda subordinada, menos una reducción del 1,5% por el número de meses restantes hasta el vencimiento.

Finalmente, Doña Lorena y Don Alberto se vieron prácticamente obligados a aceptar el canje de las obligaciones por el depósito indisponible, perdiendo en este acto la cantidad de 2.851,55 euros.

No obstante, la entidad bancaria les reintegró la suma de 9.144 euros a día 29 de marzo de 2014 por el vencimiento del depósito indisponible.

En conclusión, la pareja perdió la cantidad de 2.851,55 euros como consecuencia de las operaciones que realizó con el banco. Es por ello que interpone una Demanda de reclamación de cantidad y nulidad del contrato de compraventa de los 12 títulos de Obligaciones Subordinadas.



Objetivo. Cuestión planteada.

El objetivo de Doña Lorena y Don Alberto es que se declare la nulidad del contrato de compra de los 12 títulos de Obligaciones Subordinadas por importe de 12.000 euros, así como del canje por importe de 9.148,45 y la posterior constitución de Depósito Indisponible. 

Por ello, reclama que se le abone la suma de 2.851,55 euros con los convenientes intereses legales. 



La estrategia. Solución propuesta.

En primer lugar, el abogado alega que Doña Lorena y Don Alberto cuentan con un perfil ahorrador y con escasos o incluso nulos conocimientos financieros, por lo que la adquisición de las obligaciones subordinadas fue como consecuencia de la confianza depositada en el banco y por recomendación de uno de sus empleados, engañándole sobre las posibles consecuencias de dicha suscripción, no proporcionándoles la necesaria información y sin realizarles los preceptivos test de conveniencia e idoneidad.

Por otro lado, el banco ni siquiera respetó los plazos de amortización y depositó el capital resultante de las obligaciones en una cuenta indisponible, generándoles pérdidas sobre el valor nominal de los títulos que alcanzan la cantidad que solicitan: 2.851,55 euros. 

Por ello, los contratos de compra y venta de valores son nulos de pleno derecho por haber forzado a los demandantes a aceptar un canje y depósito que en ningún momento han consentido. 



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