Contrato de préstamo

Demanda nulidad de cláusula de hipoteca en la que se obliga al prestatario al pago de gastos y tributos.


  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 05-10-2017
  • Materia: Derecho Civil
  • Especialidad: / Derecho Civil / Obligaciones y contratos / Contrato de préstamo
  • Número: 9504
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: Contratos bancarios, gastos hipoteca, La hipoteca inmobiliaria, Nulidad, PRÉSTAMO, RECLAMACIÓN DE CANTIDAD, Reclamación de gastos de hipoteca

SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

  • Partes
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  • Argumentos
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  • Documental aportada
  • Prueba
  • Resolución judicial

- JURISPRUDENCIA

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Documentos originales presentados





El caso


Supuesto de hecho.
Santander, 21-03-2011

Don Fernando y Doña Leticia, cónyuges, suscribieron con la entidad bancaria BANCANTABRIA una escritura de Préstamo con Garantía Hipotecaria, siendo ésta la primera vez que tenían relación con dicha entidad. 

El problema nace cuando la entidad bancaria impone a los actores a soportar una serie de gastos y tributos, que deberían ser soportados por el banco, siendo esta cláusula desconocida por la pareja debido a su baja formación académica, a su falta de información y a su imposibilidad de intervenir en su redacción.

Desconociendo que dichos gastos e impuestos no le correspondían pagar a ellos, Don Fernando y Doña Leticia abonaron la cantidad a la que ascendían: 

- 3.118,11 euros de Actos Jurídicos Documentados.
- 534,46 euros de gastos de notaría.
- 184, 22 euros de honorarios del Registro de la Propiedad.
- 226,96 euros de gastos de la gestoría impuesta por la Demanda.

TOTAL: 4.063,75 euros

Cuatro años después, el préstamo se cancela, no significando esto que los contratantes se librasen de los daños que les había supuesto su contratación. 

Por ello, interponen una Demanda ante el Juzgado de Primera Instancia.



Objetivo. Cuestión planteada.

El objetivo de Don Fernando y Doña Leticia es que se declare la nulidad de los apartados a), b) y c) de la Estipulación Quinta de la Escritura de Crédito con Garantía Hipoterio en la que se establece una cláusula claramente abusiva y en beneficio de la entidad. 

Por ello, se debe condenar a la entidad bancaria a restituir a los demandantes la cantidad de 4.063,75 euros o a reintegrar los gastos e impuestos correspondientes a la constitución del préstamo hipotecario que por aplicación de normas imperativas correspondían al banco. 



La estrategia. Solución propuesta.

El abogado alega que el Don Fernando y Doña Leticia, en este caso los consumidores, se encuentran en situación de inferioridad en cuanto a su capacidad de negociación y al acceso a la información, habiendo sido redactado el contrato unilateralmente y sin otra alternativa. 

En cuanto a la cláusula abusiva de la Estipulación Quinta, la ley establece como abusivo la introducción al contrato de servicios accesorios no solicitados y, correlativamente, los incrementos de precio de éstos. No se puede imputar al comprador en exclusiva los tributos derivados de la transmisión, ni los del Registro, ni los de Gestoría, ni los de tasación...: los gastos de constitución del préstamo hipotecario corresponden a la entidad bancaria.  

Como se trata de una condición general de la contratación que provoca un desequilibrio entre las partes a favor de la entidad bancaria, se trata de una cláusula nula. 



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