Obligaciones y contratos

Juicio ordinario de reclamación de cantidad. Reclamación compañía aseguradora


  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 18-07-2017
  • Materia: Derecho Civil
  • Especialidad: / Derecho Civil / Obligaciones y contratos
  • Número: 9440
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: DAÑOS MATERIALES, DAÑOS MORALES, DAÑOS PERSONALES, Indemnización, INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUICIOS, RECLAMACIÓN DE CANTIDAD, Responsabilidad, Responsabilidad civil, RESPONSABILIDAD CIVIL, RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL, Responsabilidad extracontractual
Descripción:
Demanda Contestación Sentencia Rescurso de apelación Oposición al recurso Sentencia


SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

  • Partes
  • Peticiones Realizadas
  • Argumentos
  • Normas y Artículos relacionados
  • Documental aportada
  • Prueba
  • Resolución judicial

- JURISPRUDENCIA

- FORMULARIOS JURIDICOS RELACIONADOS

- BIBLIOTECA

  • Libros
  • Artículos jurídicos

- CASOS RELACIONADOS

Documentos originales presentados





El caso


Supuesto de hecho.
Santander, 03-12-2015

Con fecha 14 de junio de 2010, D. Luis siguiendo las instrucciones de la aseguradora se sometió a la correspondiente valoración médica a los efectos de concertar con la citada demandada, póliza de Seguro de Vida con coberturas de invalidez y de fallecimiento.

Superada la expresada valoración médica, con fecha 20/09/2010 se suscribió contrato de Seguro Vida, número de póliza 114300014994, encontrándose la misma en vigor hasta el próximo día 20/09/2016, tal y como se acredita con las Condiciones Particulares de la Póliza y con el extracto de la consulta realizada el día 18 de septiembre de 2015.

Asimismo, según se desprende de las Condiciones Particulares de la Póliza, el propio D. Luis es tomador, asegurado y para el caso en que se produjese el riesgo derivado de la Invalidez Absoluta y Permanente, también beneficiario de la propia póliza.

No obstante, para el supuesto en que como consecuencia de la consumación del riesgo asegurado aconteciese el fallecimiento del asegurado, los beneficiarios del seguro resultarían ser el cónyuge o hijos o padres o hermanos o herederos legales del asegurado.

Encontrándose en vigor la póliza de seguro suscrita, el actor sufrió un cuadro patológico que determinó que fuese declarado afecto de Invalidez Permanente en grado de Incapacidad Absoluta para todo tipo de trabajo, en virtud de Sentencia firme dictada con fecha 3 de diciembre de 2015, por el Juzgado de lo Social nº2 de Santander en el Procedimiento Seguridad Social 384/2015.

En igual sentido, en el Expediente que se tramitó ante la Dirección Provincial de Instituto Nacional de la Seguridad Social en Cantabria, el actor fue igualmente declarado en situación de Incapacidad Permanente Absoluta.

El actor puso inmediatamente en conocimiento de la aseguradora el siniestro producido, poniendo también desde ese momento a disposición de aquella la Sentencia y resoluciones de la Seguridad Social con las que se acreditaban su situación de Incapacidad Permanente Absoluta.

No obstante lo anterior, como la aseguradora desoyó completamente al actor y ni siquiera se ha dignado a contestarle, con fecha 8 de marzo de 2016 procedió a remitir a la demandada burofax exigiendo el abono de las cantidades derivadas del siniestro, sin que igualmente tampoco se hayan dignado a contestar.



Objetivo. Cuestión planteada.

El objetivo del cliente consiste en que se dicte Sentencia por la que estimándose la Demanda se condene a la aseguradora, a pagar al demandante la cantidad de CIENTO OCHENTA MIL EUROS (180.000 €), mas la correspondiente revalorización anual del 5% recogida en las condiciones particulares de la póliza, más los intereses del art. 20 de la Ley del Contrato del Seguro, con expresa condena en costas.



La estrategia. Solución propuesta.

La estrategia del abogado se centra en aportar la documentación por la que se reconoce la incapacidad absoluta de D. Luis para que la compañía aseguradora se haga cargo del pago de la cantidad establecida en el contrato de seguro.



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