Insolvencias punibles

Insolvencia punible: delito de alzamiento de bienes mediante compraventa fraudulenta de bienes inmuebles


  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 28-11-2016
  • Materia: Derecho Penal
  • Especialidad: / Derecho Penal / Delitos / Contra el patrimonio / Insolvencias punibles
  • Número: 9175
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: DOLO DIRECTO, El alzamiento de bienes, El dolo contractual, El Ministerio Fiscal, Escritura publica, Estafa, INSOLVENCIA PUNIBLE, La intervención del Ministerio Fiscal, PENA DE PRISIÓN, PENA MULTA, SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL

SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

  • Partes
  • Peticiones Realizadas
  • Argumentos
  • Normas y Artículos relacionados
  • Documental aportada
  • Prueba
  • Resolución judicial

- JURISPRUDENCIA

- FORMULARIOS JURIDICOS RELACIONADOS

- BIBLIOTECA

  • Libros
  • Artículos jurídicos

- CASOS RELACIONADOS

Documentos originales presentados





El caso


Supuesto de hecho.
MURCIA, 10-10-2013

DON JAIME trabaja como administrador único de una mercantil. Desde 2012 hasta la fecha arriba referenciada llevó a cabo una serie de negocios jurídicos consistentes en compraventas mercantiles con varios empresarios y sociedades mercantiles entre las que figuraban MAYTE, MARÍA, ALFREDO, COCHES S.L y PINCELES S.A.

Ocurre que JAIME lleva a cabo dichos actos jurídicos (de un alto valor económico) respecto de los cuales recibe unas cantidades dinerarias para ejecutar las obligaciones convenidas comprometiéndose con posterioridad a reponer el dinero recibido por parte de sus acreedores a los cuales entrega unos pagarés.

Sin embargo, ocurre que, llegado Octubre de 2013 (fecha en la que la mayoría de sus deudas se hacían exigibles) al no querer hacer frente a sus obligaciones monetarias formaliza dos contratos de compraventa con su tio : JUAN con objeto de evitar el embargo de sus fincas para hacer frente a las múltiples deudas que tenía.

Así, los perjudicados se personan como querellantes y solicitan que se abra una investigación por un presunto delito de estafa y alzamiento de bienes.

Tras la fase preliminar se descarta la existencia de estafa, mas, del Juzgado de lo Penal de Murcia sí entra a conocer si las referenciadas compraventas pueden constituir o no una insolvencia punible. Los empresarios y sociedades perjudicadas mantienen que la transmisión patrimonial de JAIME ha sido dolosa y tanto él como JUAN conocían que la finalidad de ese contrato era precisamente poner a salvo la finca del embargo que iban a promover sus acreedores. Frente a ello, los querellados intentan disfrazar la compraventa como una herramienta para satisfacer otras deudas que JAIME adeudaba a otros acreedores.

Finalmente, tío y sobrino son declarados criminalmente responsables de un alzamiento de bienes del 257 CP.



Objetivo. Cuestión planteada.

Los tres empresarios y las dos sociedades mercantiles quieren que se anule la compraventa llevada a cabo por los acusados en detrimento de sus derechos y recibir las cantidades que JAIME les adeuda consecuencia de los negocios jurídicos suscritos con el mismo. Igualmente quieren que JUAN responda penalmente al ser consciente de que, firmar la compraventa perjudicaría derechos de terceras personas reconocidos legalmente.



La estrategia. Solución propuesta.

La defensa letrada de la acusación particular expone qué se entiende por alzamiento de bienes para, posteriormente subsumir los hechos que dan objeto al pleito en dicho tipo penal desgranando los elementos objetivos y subjetivos de este delito.

Expone que, al tratarse de un delito de mera actividad, se consuma en el momento de frustración -aun si es parcial- de las legítimas esperanzas de cobro de los acreedores por lo que en el momento de la compraventa ya aparece la conducta delictiva sin que haya necesidad de probar un resultado diferenciable espacio-temporalmente de esta acción.



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