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Por actos propios
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 27-01-2015
- Materia: Derecho Civil
- Especialidad: / Derecho Civil / Responsabilidad extracontractual / Por actos propios
- Número: 9156
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: Concepto de participaciones preferentes. Estudio de por qué aparecieron en un momento dado en el panorama económico español., Nulidad del negocio de venta de participaciones preferentes. Causas y consecuencias. Jurisprudencia recaída en asuntos de par, participaciones preferentes
En mayo del año 2009 el Director del banco, le manifestó a Don Roberto que existía un nuevo depósito, asegurándole que era una inversión segura y rentable, con garantía del propio banco y con posibilidad de deshacerlo antes del plazo que se pactase, asimismo, le dijo que en dos o tres días se podía recuperar la inversión, sin penalización, estando la inversión totalmente garantizada, pudiendo obtener así unos ingresos fijos y adicionales a sus ingresos, como así venía haciendo en los últimos años.
Por ello, con fecha 25 de mayo de 2009, se procede por mi patrocinado a suscribir la orden de adquisición de participaciones preferentes del banco, suscribiendo 600 títulos, por importe de 60.000,00 euros.
Fue a partir de 2013 al enterarse en las noticias de la situación del banco que se dió cuenta de que lo que habia firmado no correspondía a lo que le habían asesorado, perdiendo practicamente la mitad de la inversión que había realizado.
Objetivo. Cuestión planteada.
Se declare:
Que la demandada incumplió su deber imperativo de información ex Ley de Mercado de Valores en la suscripción de participaciones preferentes y, por tanto, se declare la inexistencia (nulidad radical y absoluta) por infracción de las normas de consumidores y usuarios y Ley de Mercado respecto al asesoramiento y comercialización de productos financieros y falta de consentimiento de Don Roberto , por error invalidante en el consentimiento prestado, o subsidiariamente, la anulabilidad y, en ambos casos, con respecto al contrato de suscripción de participaciones preferentes de 25 de mayo de 2009.
La estrategia. Solución propuesta.
- El demandante nunca consintió la inversión en participaciones preferentes, como el adquirido, ni en productos de riesgo, siendo su intención exclusivamente de suscribir imposiciones a plazo fijo que le produjeran una rentabilidad fija para complementar su pensión.
- La demandada incumplió el deber de información.