Homicidio

Asesinato, extorsión y tratos degradantes a una víctima transexual recurridos en casación: estimación parcial


  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 27-01-2011
  • Materia: Derecho Penal
  • Especialidad: / Derecho Penal / Delitos / Contra la vida humana / Homicidio
  • Número: 9115
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: ASESINATO, ATESTADO POLICIAL, COACCIONES, COAUTORÍA, Del homicidio y sus formas, Del recurso de casación y demás procesos atribuidos al conocimiento del Tribunal Supremo, Delitos contra la vida: homicidio y asesinato, DOLO EVENTUAL, Error de hecho en la apreciación de la prueba, Extorsión, HOMICIDIO, Importancia de la prueba en el proceso, La prueba en el proceso penal, MÉDICO FORENSE, Medios de prueba, PERITAJE, Prisión provisional, PROPOSICIÓN DE PRUEBA, Prueba biológica, PRUEBA TESTIFICAL, Recurso de casación por infracción de ley, Responsabilidad civil, TORTURAS Y OTROS DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD MORAL, Tribunal Supremo, VICIOS DEL CONSENTIMIENTO

SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

  • Partes
  • Peticiones Realizadas
  • Argumentos
  • Normas y Artículos relacionados
  • Documental aportada
  • Prueba
  • Resolución judicial

- JURISPRUDENCIA

- FORMULARIOS JURIDICOS RELACIONADOS

- BIBLIOTECA

  • Libros
  • Artículos jurídicos

- CASOS RELACIONADOS

Documentos originales presentados





El caso


Supuesto de hecho.
Madrid, 01-09-2007

A finales de 2006, ALICIA Y CRISTINA -amigas entre sí- comenzaron a vivir con CARMEN (amiga de ataño en común) en un piso propiedad de esta última con motivo del ofrecimiento de la misma ante la situación precaria y callejera en la que se encontraban sus amigas.

Desde este momento y hasta septiembre de 2007 se dan una serie de hechos, dentro de los cuales hay que hacer especial hincapié en los siguientes:

-CARMEN, que se está hormonando para cambiar de sexo, cuenta a sus compañeras que unos skin la amedrentan y en varias ocaiones le han agredido.

-En los últimos meses de 2006 anotan en un documento no contractual una especie de contrato de alquiler para dejar constancia de que ALICIA Y CRISTINA no estaban en casa de la amiga sin dar nada a cambio.

-Desaparición de unos objetos de CARMEN supuestamente vendidos por CRISTINA.

-Discusiones domésticas y tratos degradantes hacia CARMEN.

Una vez que el lector ha sido advertido de estos hechos, lo siguiente que acaece es que, el día 1 de septiembre de 2007 -día en el que ALICIA Y CISTINA abandonan el piso, la amiga y arrendadora de facto aparece muerta en su dormitorio.

Tras unas primeras investigaciones que apuntan a muerte natural, la tía de la difunta comienza a hablar con los vecinos y, al correrse la voz de que esa noche en la casa hubo una pelea doméstica, los hechos pasan a ser investigados en una línea tendente a la relación directa de la muerte con las dos compañeras de piso que, sin embargo, señalan no estar esa noche en el domicilio.

Es relevante señalar que, desde la fecha de la muerte, hasta la segunda inspección de la vivienda en aras de buscar pruebas biológicas en las que fundamentar los indicios, transcurre casi un mes durante el cual la tía de CARMEN : KARINA tiene las llaves en su propiedad sin aparecer las arrendatarias por el lugar desde el citado 1 de Septiembre.

Fruto de declaraciones vecinales, ALICIA y CRISTINA pasan de meros testigos a sospechosas y se inicia una instrucción llena de irregularidades probatorias y contradicciones testificales con el consiguiente pleito dónde, no sólo se discute si la muerte de CARMEN fue consecuencia de golpes derivados de una supuesta agresión de sus amigas o si fue consecuencia de una tromboembolia pulmonar masiva sino que también la tía de la difunta atribuye a las amigas y ex-compañeras de CARMEN un delito de extorsión, coacciones y tratatos degradantes por lo que los aspectos a dilucidar son varios.

Adviertarse que el pleito tiene lugar en 2010, tras el análisis de varios medios probatorios muy contravertidos y que, posteriormente a la sentencia se interpone un recurso para que sea nuestro Alto Tribunal el que decida si las pruebas y hechos que tuvo en cuenta la Audiencia provincial fueron suficientes para desvirtuar la presunción de inocencia de ALICIA y CRISTINA.

Se trata de un caso complejo en el que se entrelazan varias tipos delictuales, un coautoría y unas pruebas cuya valoración es muy ardua ya que la prueba testifical de todos los vecinos toma un gran peso pasando a ser inidiciaria.



Objetivo. Cuestión planteada.

ALICIA, quiere ser declarada absuelta al no tener relación con los hechos penalmente atribuidos y al nunca haber tenido altercados con CARMEN ni haber sometido a esta última a trato degradante alguno.

Es más, apoyaba a su amiga que, debido al tratamiento hormonal al que se estaba sometiendo, estaba atravesando un mal momento. ALICIA quiere ver decretado judicialmente que no es autora ni tiene ningún tipo de participación en relación a los hechos que acaecieron el 1 de Septiembre de 2007.



La estrategia. Solución propuesta.

En el presente caso, la defensa letrada de ALICIA, hace uso de varias estrategias a partir de sus conocimientos en la materia siendo la soución distinta para cada uno de los tipos penales que aparecen:

Así, en relación con el asesinato, se sirve de un amplio elenco probatorio y además de unas preguntas detalladamente pensadas para sus testigos e investigadores que, evidencien que la investigación está contaminada y que se han dado falsos testimonios plagados de incoherencias internas y externas. Además, de concurrir los elementos penales de algún tipo, serían los del homicidio imprudente ya que no hay dolo respecto a su defendida.

En relación con los tratos degradantes, prueba que el trato de ALICIA con CARMEN siempre fue afable y amigable.

Por último, respecto a las coacciones y extersiones, hace un análisis de los tipos delictuales señalando que, no concurren ni los elementos objetivos del tipo ni tampoco los subjetivos.



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