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Falsedades documentales
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 03-02-2011
- Materia: Derecho Penal
- Especialidad: / Derecho Penal / Delitos / Falsedades / Falsedades documentales
- Número: 9091
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: ABSOLUCIÓN, COMPRAVENTA CIVIL, COMPRAVENTA DE BIEN MUEBLE, De las falsedades documentales, FALSEDADES DOCUMENTALES, Indemnización, PERITAJE, Prueba pericial: concepto. Práctica de la prueba pericial. Abstención, recusación y tachas de los peritos. Valoración de la prueba pericial
El 29 de Julio de 2004 tiene lugar un contrato de compraventa de un vehículo entre JOSE y ANNE pagando esta última, en condición de compradora, 23.060 €. Ahora bien, en el contrato, JOSE no vende un vehículo propio sino que, la titularidad del objeto del contrato está a nombre de VALENTÍN que, aparecía como vendedor.
Bien, una vez quedado claro que JOSE no actúa en nombre propio sino en nombre de VALENTÍN; hay que narrar lo que sucede el mes siguiente.
VALENTÍN, que se encontraba en pisión por hechos independientes al caso que no procede relatar; manda a su padre ALFREDO, a por su vehículo indicándole dónde estaba aparcado el mismo. Sin embargo, al no encontrarlo, ALFREDO, en fecha 11 de agosto de 2004 interpone denuncia ante la Guardia Civil.
Dos meses después, el supuesto vendedor del vehículo, recibe noticias de que su coche -vendido con su desconocimiento en julio de 2011- se encontraba aparcado en Barcelona y su titularidad ahora era ostentada por ANNE.
De este modo, VALENTÍN, con un fuerte sentimiento de engaño e impotencia, acusa a JOSE de haber falsificado su firma ya que asegura no haber autorizado en ningún momento a este gestor para que contrara en su nombre ni haber recibido ningún precio por el vehículo por lo que al comportamiento disvalioso de JOSE hay que añadir una estafa por venta de cosa ajena.
ANNE por su parte, afirma ser una tercera de buena fe, ya que desconocía cómo se había otorgado la firma estampada en su contrato y, asegura que el coche fue un regalo de su difunto padre encargándose éste junto con JOSE de las gestiones administrativas por lo que ella se limitó a firmar como compradora.
Así tenemos unos intereses encontrados que han de ser resueltos judicialmente en un proceso penal en el cual, la prueba pericial va a tener mayor peso que el resto.
Objetivo. Cuestión planteada.
VALENTÍN quiere que JOSE sea decalarado criminalmente responsable de un delito de falsedad en documento mercantil del 390.1.3º en relación con el 392 así cómo de un delito de estafa en su modalidad de venta de cosa ajena del artículo 251.1º. y, como consecuencia jurídica se imonga a JOSE una pena de dos años y seis meses de prisión.
Además, como corolario de la responsabilidad criminal, quiere verse satisfecho civilmente en la cantidad de 23.060 euros.
La estrategia. Solución propuesta.
El abogado de VALENTÍN, lo que hace es desagregar los componentes de los tipos que pretende (falsedad y estafa) y subsumir los hechos del presente caso en estos requisitos demostrando así que: en relación con la falsedad hay mutación de la verdad y engaño suficiente y, en relación con la estafa, JOSE usa un engaño precedente con objeto de que se lleve a cabo un posterior acto de disposición.
Es decir, la estrategia radica en demostrar que, en el comportamiento de JOSE, concurren los elementos objetivos y subjetivos de los tipos penales pretendidos y no hay causa que legitime su actuación.