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Seguridad Social
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 10-09-2012
- Materia: Derecho Social
- Especialidad: / Derecho Social / Seguridad Social
- Número: 8967
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: INCAPACIDAD PERMANENTE, INCAPACIDAD TEMPORAL
1. Resolución |
2. Reclamación previa |
3. Desestimación reclamación previa |
4. Demanda |
5. Admisión a trámite |
6. Sentencia |
7. Auto de rectificación |
8. Firmeza |
9. Notificación en cumplimiento de Sentencia |
La Dirección Provincial inicia una revisión de la situación de incapacidad Permanente de Don José Antonio basándose en el reconocimiento médico que ha sido practicado por la Unidad Médica del Equipo de Valoración de Incapacidades. En base a este reconocimiento y en vista a los demás documentos del expediente de Don José Antonio, se deduce que se ha producido una variación en el estado de sus lesiones; por tanto, esto determina la modificación del grado de incapacidad que tiene reconocido (Incapacidad Permanente Total), por lo que se procede al cálculo de la nueva pensión que le corresponde.
Ante estos hechos, Don José Antonio interpone una Demanda para que se le reconozca su anterior grado de incapacidad, y por tanto, le concedan la cantidad que recibía en la anterior pensión.
Objetivo. Cuestión planteada.
El objetivo de Don José Antonio es, fundamentalmente que se revise su grado de invalidez, así como que se declare judicialmente la continuidad del grado de Incapacidad Permanente Absoluta para todo trabajo, con derecho a percibir la pensión correspondiente al 100€ de su base reguladora (cosa que se llevaba a cabo desde hace un año). Además, pretende que se abonen los atrasos correspondientes.
La estrategia. Solución propuesta.
La estrategia del abogado, en este caso, se va a basar primeramente en la alegación de que la revisión de la situación de la incapacidad permanente se ha iniciado en Málaga, algo que es completamente incorrecto, ya que el demandado se presentó a dicha revisión ante los servicios médicos de Mallorca (lugar donde se realizó realmente la revisión de su incapacidad permanente). Por tanto, la decisión dictada por el EVI de Málaga modificando una incapacidad permanente se dicta de forma irregular.
Además, alega que Don José Antonio sigue padeciendo la Leucemia Crónica que padecía hace un año; sigue con el mismo tratamiento que se le recetó en su día, y que, por tanto, sigue padeciendo los mismos efectos secundarios.