|
---|
Contrato de préstamo
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 15-02-2017
- Materia: Derecho Civil
- Especialidad: / Derecho Civil / Obligaciones y contratos / Contrato de préstamo
- Número: 8865
- Tipo de caso: Caso Extrajudicial
- Voces: ACCIÓN DE NULIDAD, CLÁUSULA SUELO, CLÁUSULAS ABUSIVAS, CONDICIONES GENERALES DE LA CONTRATACIÓN, Consumidores y usuarios, Contratos bancarios, Declaración de nulidad de una cláusula abusiva. Procedimiento. Efectos en el tiempo., Intereses de demora, La buena fe contractual y la transgresión de la misma. Figuras afines, Nulidad
El 22 de julio de 2005 se otorga un préstamo a la demandante con objeto de la posterior adquisición de una vivienda.
En octubre del año siguiente se solicita otro préstamo con el mismo objeto avalado de manera solidaria por sus padres.
Ambos contratos son confusos y oscuros puesto que ofrecen soluciones distintas para el cálculo de un mismo valor: los intereses.Se trata de un contrato de adhesión negociado unilateralmente.
Durante la vigencia de los contratos la demandante satisface los intereses pactados pero, fruto de la crisis económica empieza a deber cantidades económicas.
Así, el 22 de marzo de 2016, la demandante solicita al banco que se declare la nulidad de dicha cláusula en tanto es desproporcionada y no fue explicada con claridad. Su petición es admitida por el banco pero no obtiene devolución de lo pagado indebidamente, razón por la cual en mayo del mismo año interpone demanda en aras de obtener las cantidades abonadas indebidamente en virtud de dichas cláusulas.
Objetivo. Cuestión planteada.
El objetivo de la demandante es que se dicte sentencia por la que se declare la nulidad de las cláusulas suelo de los contratos suscritos entre las partes así como la restitución de las cantidades pagadas en virtud de dicha cláusula.
La estrategia. Solución propuesta.
Para justificar la petición de nulidad de las cláusulas suelo el abogado comienza señalando que son abusivas al haber sido impuestas por la demandada mediante falta de transparencia, mala fe y de manera no negociada con la demandante.
Para justificar su pretensión el abogado subsume a su cliente en la parte de consumidor y a la mercantil en la parte empresaria para justificar el desequilibrio contractual e instar el principio pro consumatore.
Lo que hace a continuación es definir qué se entiende por cláusula abusiva en nuestro derecho y a partir de los rasgos expuestos subsume la cláusula que data en los contratos entre la demandante y la parte demandada. Todo ello con objeto de demostrar la afinidad de las cláusulas que reclama en el presente caso con las declaradas nulas por el Tribunal Supremo.