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Seguridad Social
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 07-05-2014
- Materia: Derecho Social
- Especialidad: / Derecho Social / Seguridad Social
- Número: 8564
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: Incapacidad, Incapacidad permanente, INCAPACITACIÓN, TRASTORNO PSÍQUICO
El actor solicitó al INSS Barcelona una pensión de Incapacidad Permanente en el Grado de Absoluta para todo tipo de trabajo y ésta le fue concedida mediante resolución de 23 de junio de 2011.
El INSS notificó en fecha 5 de septiembre de 2012 una resolución en la que revisaba su incapacidad y consideraba que su estado había mejorado por lo que debía de dejar de recibir la pensión que venía percibiendo, a partir del día siguiente de la resolución. La reclamación previa ante el propio INSS fue desestimada.
El actor sufre de un trastorno de la personalidad tipo A. Personalidad paranoide, trastornos afectivos, sintomatología agorafóbica, etc. Y dicho trastorno afecta a su capacidad para trabajar.
Objetivo. Cuestión planteada.
El cliente pretende que se le reconozca lo que ya se le había reconocido y es la discapacidad absoluta y permanente debido a su estado mental.
La estrategia. Solución propuesta.
La estrategia del abogado se centra básicamente en apuntar que la revisión de dicha discapacidad es totalmente arbitraria pues las circunstancias no se han modificado prácticamente y si lo han hecho ha sido a peor pues su representado ha aumentado la cantidad de medicación diaria que debe tomarse, pues el cuadro clínico por el que se le concedió dicha discapacidad sigue estando completo, sigue siendo real y sigue siendo actual.