

Compromiso de venta de inmueble entre particular y agencia inmobiliaria
DOCUMENTOS ORIGINALES FIRMADOS POR EL CLIENTE
CONSULTA
Supuesto de hecho. Cuestión planteada.
Madrid, 03-08-2000
Doña Amelia es propietaria de una vivienda, la cual le pertenece por herencia de su esposo, la cual está interesada en vender. Se ha puesto en contacto con ella la agencia inmobiliaria Mercantil X, la cual está interesada en la compraventa del inmueble. No obstante, está pendiente de otorgarse la correspondiente escritura de aceptación de herencia, por lo que por el momento no puede realizarse la compraventa. ¿Puede asegurarse de alguna manera por el momento la compraventa?
Solución propuesta.
Le aconsejamos al cliente la realización con la agencia inmobiliaria de un contrato de promesa de compraventa. Se trataría de un contrato en el que el comprador se comprometería a concretar un contrato formal en un tiempo previamente pactado, con el fin de comprar, en este caso, el inmueble.
Habitualmente los contratos de promesa de compraventa tienen un plazo fijo y, por lo general, en caso de no cumplir con el mismo, el potencial comprador pierde todo importe entregado como garantía. Se utiliza mucho como una medida de garantizar que el inmueble le será reservado en lugar de, o incluso combinado, con un contrato de arras.