

Violencia de género. Delito de quebrantamiento de medida cautelar de prohibición de acercamiento y comunicación, y falta de amenazas.
DOCUMENTOS ORIGINALES PRESENTADOS
EL CASO
Supuesto de hecho.
En fecha 13 de marzo de 2006 el Juzgado de Primera Instrucción de Avilés, en virtud de Auto de fecha 15 de octubre de 2005, notificó a D. Santiago la prohibición de comunicarse y acercarse a su ex esposa Dña. Dolores y a su hija María, así como a su domicilio, a menos de trescientos metros.Objetivo. Cuestión planteada.
La estrategia. Solución propuesta.