Contra el patrimonio

Querella criminal por presunto delito de apropiación indebida y/o estafa. Sobreseimiento provisional. Recurso de reforma y apelación contra sobreseimiento. Desestimación.


  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 24-02-2010
  • Materia: Derecho Penal
  • Especialidad: / Derecho Penal / Delitos / Contra el patrimonio
  • Número: 7513
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: Apropiación indebida, Estafa, QUERELLA, SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL

SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

  • Partes
  • Peticiones Realizadas
  • Argumentos
  • Normas y Artículos relacionados
  • Documental aportada
  • Prueba
  • Resolución judicial

- JURISPRUDENCIA

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- CASOS RELACIONADOS

Documentos originales presentados





El caso


Supuesto de hecho.
Madrid, 01-09-2009

Don Manuel suscribe con la sociedad "X", representada por Don Álvaro, un documento en virtud del cual le entrega una cantidad de dinero, con el fin de participar en una promoción inmobiliaria y construcción de naves que la sociedad "Y" lleva a cabo en Madrid.

La sociedad "X", tiene el 40% del capital social de "Y", correspondiéndole a Don Manuel el 10% respecto de ese porcentaje.

Según el documento suscrito entre ambas partes, Don Manuel tiene derecho de información y es la sociedad "X" la única legitimada para invertir la aportación en el destino pactado.

Don Manuel solicita información del negocio mediante burofax en varias ocasiones, pero le responden diciendo que no tienen información del mismo.

Don Manuel ante ello, interpone querella criminal, puesto que la cantidad que abonó en su momento no consta en las cuentas anuales de ninguna sociedad, habiendo sido destinada a otro fin y/o habiéndose adjudicado dicha cantidad Don Álvaro.

 



Objetivo. Cuestión planteada.

El cliente es Don Manuel, y su objetivo es recuperar la cantidad que entregó a la sociedad "X".



La estrategia. Solución propuesta.

La estrategia del abogado se basa en demostrar que la cantidad que entregó Don Manuel mediante documento suscrito entre ambas partes para participar en una promoción inmobiliaria no ha sido destinado a ese fin, habiéndose hecho suyo el dinero Don Álvaro, ya que no consta en las cuentas anuales de la sociedad. Además de haberse aprovechado de la amistad que les unía.

El abogado alega que la conducta está tipificada, pudiendo dar lugar a un delito de apropiación indebida, un delito de estafa, un delito societario o un delito de falsedad documental.



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