|
---|
Legados
Escritura pública de autoentrega de legados.
- Materia: Derecho Civil
- Especialidad: / Derecho Civil / Sucesiones / Sucesión testada / Legados
- Número: 737
- Tipo de caso: Caso Extrajudicial
- Voces: Escritura publica, Legados
Supuesto de hecho.
Objetivo. Cuestión planteada.
La estrategia. Solución propuesta.
Torredembarra (Cataluña), 25-01-2000
En la fecha arriba mencionada fallece Dña. Josefa, viuda de D. José, de cuyo matrimonio tuvo cuatro hijos, Dña. Jacinta, D. Junior, Dña. María y D. Leonardo.
Dña. Josefa otorgó Testamento ante notario público el día 08 de junio de 1990 y en él instituía como heredero universal a su esposo y, para el caso de que éste le premuriese, comuriese con ella, o no quisiera o pudiera aceptar la herencia, ordenaba lo siguiente:
- Prelegaba a Dña. Jacinta todos los derechos y titularidades sobre un terreno sito en Tarragona, un reloj marca “X” y la mitad de sus joyas.
- Prelegaba a D. Junior todos los derechos y titularidades sobre un terreno sito en Altafulla.
- Prelegaba a Dña. María todos los derechos y titularidades sobre un piso situado en Altafulla, con todas las pertenencias, enseres y muebles que se encontraren en el mismo, así como la mitad de sus joyas.
Instituye herederos universales a sus cuatro hijos por partes iguales, y determina que todos los prelegatarios podrán tomar posesión por sí mismos de los bienes prelegados y, en su doble condición de tales prelegatarios y de herederos, serán sustituidos vulgarmente por sus respectivos descendientes.
El marido de Dña. Josefa murió antes que ella y, por tanto, se estará a lo dispuesto anteriormente.
Dña. Josefa otorgó Testamento ante notario público el día 08 de junio de 1990 y en él instituía como heredero universal a su esposo y, para el caso de que éste le premuriese, comuriese con ella, o no quisiera o pudiera aceptar la herencia, ordenaba lo siguiente:
- Prelegaba a Dña. Jacinta todos los derechos y titularidades sobre un terreno sito en Tarragona, un reloj marca “X” y la mitad de sus joyas.
- Prelegaba a D. Junior todos los derechos y titularidades sobre un terreno sito en Altafulla.
- Prelegaba a Dña. María todos los derechos y titularidades sobre un piso situado en Altafulla, con todas las pertenencias, enseres y muebles que se encontraren en el mismo, así como la mitad de sus joyas.
Instituye herederos universales a sus cuatro hijos por partes iguales, y determina que todos los prelegatarios podrán tomar posesión por sí mismos de los bienes prelegados y, en su doble condición de tales prelegatarios y de herederos, serán sustituidos vulgarmente por sus respectivos descendientes.
El marido de Dña. Josefa murió antes que ella y, por tanto, se estará a lo dispuesto anteriormente.
Objetivo. Cuestión planteada.
Los clientes son los cuatro hijos de Dña. Josefa (Dña. Jacinta, D. Junior, Dña. María y D. Leonardo) y su objetivo es tomar posesión de los bienes prelegados.
La estrategia. Solución propuesta.
Una vez sus clientes han tomado posesión de los bienes prelegados, el letrado procede a elaborar una Escritura pública de autoentrega de prelegados para hacer constar que sus clientes ya han tomado posesión de los mismos.
A su vez, el letrado hace un cálculo del valor total de los bienes heredados para ver si sus clientes tienen que hacer la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio. En este supuesto de hecho, el patrimonio preexistente es inferior a sesenta y siete millones de pesetas, motivo por el que no se hallan obligados a hacer tal declaración.
A su vez, el letrado hace un cálculo del valor total de los bienes heredados para ver si sus clientes tienen que hacer la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio. En este supuesto de hecho, el patrimonio preexistente es inferior a sesenta y siete millones de pesetas, motivo por el que no se hallan obligados a hacer tal declaración.
Cantidad de casos completos visualizados en el mes: