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Falsedades documentales
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 20-11-2013
- Materia: Derecho Penal
- Especialidad: / Derecho Penal / Delitos / Falsedades / Falsedades documentales
- Número: 7329
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: COMUNIDAD DE PROPIETARIOS, FALSEDADES DOCUMENTALES, Gestión urbanística, LICENCIA ADMINISTRATIVA, ÓRGANO DE ADMINISTRACION SOCIAL, PROPIEDAD HORIZONTAL, USURPACIÓN, USURPACIÓN DE ESTADO CIVIL
El 30 de junio de 2005 la mercantil X, S.L. adquirió la porpiedad de un inmueble. Un mes más tarde, ésta solicitó el otorgamiento de escritura de división horizontal, aún siendo la propiedad al 100% de la mercantil citada. En dicha división se manifestó un hecho falso, cual era que la finca se encontrada dividida en veintidós apartamentos, señalando que la planta cuarta se encontraba dividida en dos apartamentos, cuando en la misma sólo constaban trasteros anejos a las viviendas del inmueble. Varios meses después, X, S.L. otorga escritura pública de constitución de la Comunidad de Propietarios compareciendo Don Manuel (administrador social de X, S.L.) y Don José (administrador de la mercantil que es nombrada admnistradora de la Comunidad de Propietarios). Constituida ésta, el 19 de octubre de 2005 se solicita licencia de obras para "reforma y rehabilitación del inmueble con incorporación de ascensor y redistribución de viviendas existentes", siendo supuestamente el solicitante la Comunidad de Propietarios pero sin que figure quien representa a la misma en dicha solicitud que aparece sencillamente firmada. En la licencia solicitada también se preveía la ejecución de dos apartamentos en la planta ático y adjudicación a éstos de terrazas privadas en la azotea del edificio, sin que la Comunidad de Propietarios acordara realizar dichas obras. X, S.L. pretende comercializar las viviendas.
Objetivo. Cuestión planteada.
Evitar las responsabilidades que, a la hora de comercializar las viviendas, pudieran derivar para la Comunidad de Propietarios el hecho falso incluido en la división horizonal, cual es la existencia de dos viviendas en la planta ático, denominada planta cuarta irrealmente por constar en ella únicamente trasteros anejos a los inmuebles.
La estrategia. Solución propuesta.
Demostrar fehacientemente que se ha pretendido suplantar la personalidad jurídica de la Comunidad de Propietarios por parte de la empresa propietaria de la finca, mediante el falseamiento de la realidad, y la asuencia de reponsabilidad de aquélla respecto de los posibles ilícitos administrativos derivados de la ejecución de obras en el inmueble, así como demostrar los perjuicios económicos que dichas obras han causado para la Comunidad de Propietarios.