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Medidas de seguridad
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 19-07-2013
- Materia: Derecho Penal
- Especialidad: / Derecho Penal / Procesal penal / Medidas de seguridad
- Número: 6816
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: ORDEN DE PROTECCIÓN, Quebrantamiento de condena
El 20 de Septiembre de 2.011, el Juzgado de lo Penal Núm. 4, dictó sentencia, notificada el mismo día personalmente al acusado, que entre otras penas, establecía en favor de Doña Paca, la prohibición de a cercarse a la misma a menos de 500 metros. El 21 de Marzo de 2.013 fue sorprendido por la policía nacional en el interior de un coche, cuando se hallaba en la vía pública con Doña Paca.
Objetivo. Cuestión planteada.
Conseguir demostrar que él no ha incumplido con lo que establecía en dicha medida cautelar establecida por un delito anterior cometido, sino que fue casualidad que él se encontrase en ese punto de la ciudad.
La estrategia. Solución propuesta.
Establecer que el cliente, don Paco, no ha quebrantado lo establecido en la sentencia, sino que se encontró con la demandante por casualidad, no queríendo incumplir dicha medida cautelar. Demostrando así que no fue intencionadamente, sino algo fortuito. Por lo que se muestra la disconformidad por lo solicitado por el Ministerio Fiscal.