Derecho Civil

Procedimiento ordinario sobre publicidad online


  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 02-09-2013
  • Materia: Derecho Civil
  • Especialidad: / Derecho Civil
  • Número: 6573
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: INTERNET, Publicidad ilícita, PUBLICIDAD.

SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

  • Partes
  • Peticiones Realizadas
  • Argumentos
  • Normas y Artículos relacionados
  • Documental aportada
  • Prueba
  • Resolución judicial

- JURISPRUDENCIA

- FORMULARIOS JURIDICOS RELACIONADOS

- BIBLIOTECA

  • Libros
  • Artículos jurídicos

- CASOS RELACIONADOS

Documentos originales presentados





El caso


Supuesto de hecho.
Jaén, 09-11-2012
La parte actora, entidad dedicada a la tramitación online de documentación, da cuenta de que una entidad de la competencia, la actual demandada, ha comercializado los mismos servicios a través de una página web. 

Sin embargo, la actividad no se desarrolla por el titular de la web, pese a la apariencias del contenido, sino que de acuerdo con el contenido de las advertencias legales los datos se ceden a otra empresa distinta, no identificada, para el desarrollo de la actividad contratada. 

Por otro lado, la semejanza con uno de los dominios de los que es titular la demandante ha llevado a clientes de la demandada a cursar reclamaciones frente a la parte ahora demandante, reclamaciones que relamente iban dirigidas a la demandada. 

La actuación de la demandada perjudica a la parte actora, que en cuanto mercantil que ofrece los mismos servicios en el mercado, ha de competir en el mercado por clientes que se dejan llevar por una publicidad falsa, con la que el resultado de la búsqueda en el buscador redirige a la web de la parte actora


Objetivo. Cuestión planteada.
Pretende la cesación de actividad por competencia desleal de la entidad demandada


La estrategia. Solución propuesta.
Solicita declaración de competencia desleal y de cesación de actividad por competencia desleal, por la cual se condene a la demandada al cese inmediato en su comportamiento, prohíbiéndose cualquier forma de comunicación para promover la contratación de sus servicios a través de su web u otra construida al efecto que contenga manifestaciones engañosas o falsas que induzcan a la contratación de sus servicios, así como la emisión de publicidad en cualquier medio de comunicación, incluido internet, en tanto en cuanto no cese en su comportamiento, prohibiéndosele que en el futuro se repita el comportamiento realizado hasta fecha, así como las costas generadas en el presente procedimiento


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