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Incumplimiento de obligaciones del vendedor
Juicio ordinario de cognición por indemnización de daños y perjuicios
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 24-01-2003
- Materia: Derecho Civil
- Especialidad: / Derecho Civil / Obligaciones y contratos / Contrato de compraventa / Incumplimiento de obligaciones del vendedor
- Número: 6458
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUICIOS, OBLIGACIONES CONTRACTUALES, Vehículos
Descripción:
Demanda
Contestación a la demanda de Comercial de automóviles, S.A.
Contestación a la demanda de Comercial de automóviles España, S.A.
Sentencia del Juzgado de Primera Instancia Nº50 de Madrid
Recurso de apelación de Don Jesús
Oposición al recurso de Comercial de Automóviles España, S.A.
Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid
Supuesto de hecho.
Objetivo. Cuestión planteada.
La estrategia. Solución propuesta.
Madrid, 01-12-2000
Don Jesús adquiere un vehículo a Comercial de Automóviles, S.A., concesionario de la mercantil Comercial de Automóviles España, S.A. Un año después de su adquisición, Don Jesús comienza a notar fallos en el ralentí, por lo que acude al taller y le realizan la reparación mediante la sustitución de las correspondientes piezas. Tres años después, estas mismas piezas vuelven a fallar y tienen que ser sustituidas de nuevo. Don Jesús considera que Comercial de Automóviles, S.A. y Comercial de Automóviles España, S.A. han incumplido el contrato de compraventa, pues no han cubierto la garantía de las reparaciones.
Objetivo. Cuestión planteada.
El objetivo de Comercial de Automóviles, S.A. es obtener una sentencia que le exima de la indemnización de daños y perjuicios que Don Jesús le reclama, ya que considera que las reparaciones efectuadas en el vehículo se han producido por fallos originados tras el período de garantía.
La estrategia. Solución propuesta.
El Abogado de Comercial de Automóviles, S.A. basó su defensa en los documentos que prueban, por un lado, que la mayor parte de las visitas de Don Jesús al taller se debieron a revisiones de mantenimiento únicamente, y, por otro, que las reparaciones que se realizaron fueron tras la expiración del plazo de garantía. Por tanto, fundamentalmente se basará en el hecho de que las averías se producen tras los 12 meses posteriores a la compra.
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