

Reclamación de cantidad por garantía de rentabilidad adicional otorgada por la entidad de crédito e independiente de las condiciones generales del folleto informativo.
DOCUMENTOS ORIGINALES PRESENTADOS
EL CASO
Supuesto de hecho.
La mercantil X, S.A., tras diversas reuniones con la Directora de la Sucursal de CAJA DE AHORROS Y -con la que mantenía relaciones financieras con bastante asiduidad- accedió a suscribir una participación de 14.000.000 euros en el FONDO PLATINUM RENTA FIJA 2011 (el “FONDO”) en fecha 1 de abril de 2004, con la condición de que se le garantizaran ciertas condiciones mínimas de rentabilidad y el no condicionamiento de permanencia en el FONDO, todo ello como una garantía externa independiente de las condiciones generales del FONDO que constan en el folleto informativo.Objetivo. Cuestión planteada.
El cliente es la mercantil X, S.A. y su objetivo es que se condene judicialmente a la CAJA DE AHORROS Y al cumplimiento de las obligaciones asumidas frente a aquélla y, por tanto, al pago de 117.816,69 euros.La estrategia. Solución propuesta.
Con el objeto de que por el Juzgado se reconozcan las pretensiones de X, S.A., se habrá de acreditar, principalmente, que dado el perfil financiero conservador y sus necesidades de tesorería, X, S.A. nunca hubiera suscrito el FONDO sin que CAJA DE AHORROS Y le hubiere otorgado una garantía externa de rentabilidad independiente de las condiciones generales.
Asimismo, se habrá de acreditar que la carta de 11 de mayo de 2004 remitida por la Directora de la Sucursal constituye una garantía válida contractualmente, a la que le es de aplicación las normas del Código Civil sobre obligaciones y contratos, y no la legislación bancaria sobre fondos de inversión, en contra de lo que alega la entidad de crédito, que defiende que se trata de un mero resumen o nota informativa.