

Falta de daños y delito de usurpación en vivienda ajena
DOCUMENTOS ORIGINALES PRESENTADOS
EL CASO
Supuesto de hecho.
En fecha 9 de marzo de 2006 la Sra. Z acompañada de otra persona mayor de edad, el Sr. X y con la intención de permanecer en el interior de una vivienda, sita en dicha localidad, sin el consentimiento de su propietaria, se introdujeron en la citada vivienda y para ello rompieron la cadena y el candado que cerraban la puerta de acceso a la vivienda.Objetivo. Cuestión planteada.
El cliente es la Sra. Z y su objetivo es demostrar que no ha cometido los hechos que se le imputan y que se dicte la libre absolución.La estrategia. Solución propuesta.
La estrategia del Abogado se basa en la literalidad del precepto penal que recoge el ilícito de usurpación, el cual utiliza la palabra “ocupar”, exigiendo así una cierta permanencia y un ánimo de tenencia de la cosa con carácter excluyente con las facultades de disfrute de la cosa, propias del dueño.
Respecto de la falta de daños, la estrategia pasa por intentar acreditar que la cadena y el candado que cerraban el piso deshabitado estaban ya rotos con anterioridad a los hechos imputados.