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Impuesto de la Renta de las Personas Físicas
Rendimiento de la actividad empresarial por la grabación, distribución y emisión de un soporte musical
- Materia: Derecho Fiscal y Tributario
- Especialidad: / Derecho Fiscal y Tributario / Impuestos / Impuesto de la Renta de las Personas Físicas
- Número: 5042
- Tipo de caso: Consulta
- Voces: IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS
SUMARIO
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- EL CASO
- PROCEDIMIENTO JUDICIAL
- Partes
- Peticiones Realizadas
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- Documental aportada
- Prueba
- Resolución judicial
- JURISPRUDENCIA
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1. Limitaciones en los podcast para compartir música. |
Supuesto de hecho. Cuestión planteada.
Solución propuesta.
Madrid, 28-07-2011
En referencia a la cuestión de la edición musical en cualquier soporte, si la lleva a cabo una editora que asumirá todo el proceso de grabación, distribución y venta, liquidando periódicamente a la SCP un porcentaje sobre cada unidad vendida, las cantidades que perciba la SCP,
¿tienen la condición de rendimientos del trabajo y por tanto no deben incluirse en los de la actividad del epígrafe 039?
¿tienen la condición de rendimientos del trabajo y por tanto no deben incluirse en los de la actividad del epígrafe 039?
Solución propuesta.
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El artículo 17 establece que se catalogarán como rendimientos del trabajo la contraprestación percibida que derive directa o indirectamente del trabajo personal; por tanto, en el caso planteado entendemos que la comisión percibida no puede ser considerada como un rendimiento del trabajo y por tanto, debe ser considerado como un rendimiento de actividad empresarial.
Si al final lo que va a realizarse es una cesión de todos los derechos de propiedad intelectual a la empresa editora y la SCP se va a convertir en una mera comisionista que percibirá ingresos (comisión) por las unidades que se vendan, quizás el encuadramiento más correcto sería en el epígrafe 631 (intermediarios del comercio).
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