

Demanda de mercantil contra trabajador por infracción grave. Justificación de despido improcedente.
DOCUMENTOS ORIGINALES PRESENTADOS
EL CASO
Supuesto de hecho.
El supuesto de hecho se inicia el 4 de junio de 2002, que es el día en que el despido tiene efectos. Don Paco inició la prestación de sus servicios para la empresa AAA, el 1 de enero de 1992, en la categoría de promotor de primera, y con un salario bruto mensual de 5.192,35 €. La empresa AAA entregó carta de despido disciplinario a Don Paco en fecha 3 de Junio 2002, con efectos el 4 de Junio de 2002, alegando que Don Paco había abultado injustificadamente el importe de venta a un cliente. Don Paco interpuso papeleta de conciliación y Demanda judicial, pero no se llegó a un acuerdo y, por lo tanto, se siguieron los trámites del procedimiento judicial de despido, acumulando la acción de reclamación de cantidad en la misma Demanda.Objetivo. Cuestión planteada.
El cliente es la empresa AAA, y su objetivo es que se considere procedente el despido disciplinario, sin derecho, por tanto, a cualquier derecho económico solicitado por Paco.La estrategia. Solución propuesta.
La estrategia principal del abogado es demostrar que la actuación de Don Paco constituye una infracción muy grave, en virtud del convenio colectivo aplicable y, por tanto, que el despido disciplinario es procedente, sin derecho a percibir ninguna cantidad en concepto de comisiones.