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Proceso Laboral
Despido Improcedente por despido por supuestas perdidas economicas
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 08-04-2011
- Materia: Derecho Social
- Especialidad: / Derecho Social / Proceso Laboral
- Número: 5028
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: Despido improcedente, FUNDACIONES Y ASOCIACIONES, Jubilación anticipada
Descripción:
1. Sentencia del Juzgado de lo Social de Madrid
Supuesto de hecho.
Objetivo. Cuestión planteada.
La estrategia. Solución propuesta.
El abogado va a pedir la improcedencia del despido dado que no hay motivos objetivos y fehacientes para el
Madrid, 19-11-2010
Raquel trabaja en una empresa dentro de la Fundacion, con antigüedad de 2 de Julio de 1987 categoria de Jefe Superior y salario de 58.066,92 euros.
El 19 de Noviembre la empresa decide extinguir por causas objetivas la relacion contractual con Raquel.
Se alega la perdida economica de la empresa, en concreto del año 2007 al 2010, y la cadencia organizativa en 2008 que produce una reorganizacion de la empresa que culmina en el 2010.
Ademas la Fundacion señala que la misma ha decidido centrarse en actividades de formacion y que el puesto de coordinadora de desarrollo de integracion que ocupaba la trabajadora no tiene sentido en el esquema actual.
Se puso en manos de la trabajadora la suma de 58.067,02 euros en concepto de indemnizacion y 2305.02 por indemnizacion compensadora por falta de preaviso.
La fundacion habia procedido a comunicar a la demandante la extincion de su contrato de trabajo con efectos del dia 30 de Mayo de 2009 por cumplimiento de la edad de 65 años. La referida extincion fue declarada judicialmente como despido improcedente
El 19 de Noviembre la empresa decide extinguir por causas objetivas la relacion contractual con Raquel.
Se alega la perdida economica de la empresa, en concreto del año 2007 al 2010, y la cadencia organizativa en 2008 que produce una reorganizacion de la empresa que culmina en el 2010.
Ademas la Fundacion señala que la misma ha decidido centrarse en actividades de formacion y que el puesto de coordinadora de desarrollo de integracion que ocupaba la trabajadora no tiene sentido en el esquema actual.
Se puso en manos de la trabajadora la suma de 58.067,02 euros en concepto de indemnizacion y 2305.02 por indemnizacion compensadora por falta de preaviso.
La fundacion habia procedido a comunicar a la demandante la extincion de su contrato de trabajo con efectos del dia 30 de Mayo de 2009 por cumplimiento de la edad de 65 años. La referida extincion fue declarada judicialmente como despido improcedente
Objetivo. Cuestión planteada.
El cliente es la trabajadora y su objetivo es que se declare la improcedencia del despido y se le abonen los salarios de tramitacion devengados hasta la fecha.
La estrategia. Solución propuesta.
El abogado va a pedir la improcedencia del despido dado que no hay motivos objetivos y fehacientes para el
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