Compraventa de bienes inmuebles

Contrato de Arras. Compraventa de Bien Inmueble. Incumplimiento.




  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 18-04-2002
  • Materia: Derecho Civil
  • Especialidad: / Derecho Civil / Obligaciones y contratos / Contrato de compraventa / Compraventa de bienes inmuebles
  • Número: 4891
  • Tipo de caso: Caso Extrajudicial
  • Voces: Arras, COMPRAVENTA DE BIEN INMUEBLE

SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

  • Partes
  • Peticiones Realizadas
  • Argumentos
  • Normas y Artículos relacionados
  • Documental aportada
  • Prueba
  • Resolución judicial

- JURISPRUDENCIA

- FORMULARIOS JURIDICOS RELACIONADOS

- BIBLIOTECA

  • Libros
  • Artículos jurídicos

- CASOS RELACIONADOS

Descripción:

1- Contrato de arras. 2- Requerimiento Notarial por parte de Dª. Francisca. 3- Carta de Dª. María Ángeles.

Documentos originales presentados


El caso


Supuesto de hecho.
Zaragoza, 04-12-2001
A primeros del mes de Diciembre de 2001, Doña María Ángeles y Doña Francisca suscribieron un Contrato de señal de la vivenda propiedad de Dª María Ángeles, por la que Doña Francisca entregó la cantidad de 3.000 euros en concepto de señal y a cuenta del precio acordado.

La compraventa se formalizará en escritura pública antes del 31 de diciembre de 2001 mediante la entrega del importe de la diferencia del precio y la cantidad entregada en este acto de señal.

Transcurrida la fecha de formalización de la escritura, esta no se produjo, por lo que Doña Francisca requirió a Doña María Ángeles para el cumplimiento del Contrato suscrito, siendo respondida por Dª María Ángeles ofreciéndola la señal recibida.


Objetivo. Cuestión planteada.
Nuestro cliente es Dª Francisca, y su intención es que antes de interponer una demanda judicial, se pueda llegar aún acuerdo amistoso con la devolución de las cantidades establecidas en el Contrato.


La estrategia. Solución propuesta.
El abogado de Dª Francisca intenta recopilar toda la documentación relativa a los perjuicios que le ha ocasionado la no formalización de la escritura de compraventa por parte de Dª María Ángeles.

Una vez acreditado el perjuicio, solicitar de forma fehaciente el cumplimiento de las obligaciones derivadas del Contrato.
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