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Arbitraje
Derecho deportivo. Medidas cautelares. Condiciones para su adopción. Fútbol.
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 27-08-2008
- Materia: Derecho Deportivo
- Especialidad: / Derecho Deportivo / Arbitraje
- Número: 4813
- Tipo de caso: Caso Extrajudicial
- Voces: ARBITRAJE, ARBITRAJE INTERNACIONAL, Derecho deportivo, MEDIDAS CAUTELARES
Descripción:
Laudo arbitral.
Supuesto de hecho.
Las selacciones nacionales de Iraq y de Qatar jugaron un partido de calificación para la Copa del Mundo el 26 de marzo de 2008. Qatar ganó por 2-0.
El jugador Enrique jugó para Qatar en este partido, y la IFA (Asociaicón de Fútbol de Iraq) presentó una protesta ante la FIFA porque éste no podía jugar en ese partido. El Comité Disciplinario de FIFA decidió que efectivamente el jugador era ineligible para ese partido pero que la Asociación de Fútbol de Qatar no sería sancionada. La IFA decidió apelar esta decisión ante FIFA pero fue inadmitido porque no pagaron los costes en el plazo establecido. La IFA apeló entonces ante el TAS solicitando que se suspendan los partidos de forma cautelar hasta que se decida sobre el caso.
Objetivo. Cuestión planteada.
El cliente es la IFA, Asociación de Fútbol de Iraq. Su objetivo es que el TAS declare que, al ser el jugador Enrique ineligible para el partido que perdieron contra Qatar, se condene a la selección qatarí a la pérdida de los puntos obtenidos en el mencionado partido y se adjudiquen los tres puntos a la selección de Iraq. Subsidiariamente, solicita que se juege otra vez el partido. Alternativamente, solicita que el caso sea reenviado a la instancia anterior de FIFA para que lo reconsidere.
La estrategia. Solución propuesta.
El abogado debe demostrar que es necesario que, habiéndose contravenido la normativa FIFA al dejar jugar a un jugador que no podía, se le retiren los puntos a la selección infractora, por tanto, los resultados deben cambiarse, o bien jugar el partido otra vez.
Doha, Qatar, 26-03-2008
Las selacciones nacionales de Iraq y de Qatar jugaron un partido de calificación para la Copa del Mundo el 26 de marzo de 2008. Qatar ganó por 2-0.
El jugador Enrique jugó para Qatar en este partido, y la IFA (Asociaicón de Fútbol de Iraq) presentó una protesta ante la FIFA porque éste no podía jugar en ese partido. El Comité Disciplinario de FIFA decidió que efectivamente el jugador era ineligible para ese partido pero que la Asociación de Fútbol de Qatar no sería sancionada. La IFA decidió apelar esta decisión ante FIFA pero fue inadmitido porque no pagaron los costes en el plazo establecido. La IFA apeló entonces ante el TAS solicitando que se suspendan los partidos de forma cautelar hasta que se decida sobre el caso.
Objetivo. Cuestión planteada.
El cliente es la IFA, Asociación de Fútbol de Iraq. Su objetivo es que el TAS declare que, al ser el jugador Enrique ineligible para el partido que perdieron contra Qatar, se condene a la selección qatarí a la pérdida de los puntos obtenidos en el mencionado partido y se adjudiquen los tres puntos a la selección de Iraq. Subsidiariamente, solicita que se juege otra vez el partido. Alternativamente, solicita que el caso sea reenviado a la instancia anterior de FIFA para que lo reconsidere.
La estrategia. Solución propuesta.
El abogado debe demostrar que es necesario que, habiéndose contravenido la normativa FIFA al dejar jugar a un jugador que no podía, se le retiren los puntos a la selección infractora, por tanto, los resultados deben cambiarse, o bien jugar el partido otra vez.
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