

Ejecución de las penas privativas de libertad. Solicitud de suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad derivada de un delito contra la seguridad vial. Concesión de la suspensión por un plazo de dos años.
DOCUMENTOS ORIGINALES PRESENTADOS
EL CASO
Supuesto de hecho.
El supuesto de hecho se inicia en fecha 18 de junio de 2008 --hacia las 16.40--cuando una patrulla de la Guardia Urbana detiene un vehículo, que es conducido por doña Elvira por no haber respetado un semáforo. Los agentes comprueban que la doña Elvira carece del permiso necesario para conducir vehículos a motor por lo que proceden a denunciarla por este motivo.Objetivo. Cuestión planteada.
El cliente es la doña Elvira y Su objetivo es que se acuerde la remisión condicional de la pena.La estrategia. Solución propuesta.
La estrategia principal del abogado consiste en intentar conseguir que se acuerde la remisión condicional de la pena en base al art. 81 CP, demostrando que doña Elvira cumple con las condiciones necesarias establecidas en dicho articulo y consistentes en: que el condenado haya delinquido por primera vez, o en su caso, que las anteriores condenas hayan sido por delitos imprudentes, o que los antecedentes fueran cancelables con arreglo al art. 136 del CP, que la pena impuesta o la suma de las impuestas no supere los dos años de privación de libertad; y que haya satisfecho las responsabilidades civiles, salvo que se hubiera declarado su insolvencia total o parcial.