Factuación del IVA en operación inmobiliaria entre agentes internacionales

  • Materia: Derecho Fiscal y Tributario
  • Especialidad: / Derecho Fiscal y Tributario / Impuestos
  • Número: 4703
  • Tipo de caso: Consulta
  • Voces: COMPRAVENTA DE BIEN INMUEBLE, COMPRAVENTA INTERNACIONAL, DEDUCCIONES EN EL IRPF, DOBLE IMPOSICIÓN INTERNACIONAL, IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO

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CONSULTA

Supuesto de hecho. Cuestión planteada.

Baleares, 15-04-2011

En la compraventa de un inmueble que está en Baleares. El vendedor es una SL española, el comprador una persona física de nacionalidad alemana. La entidad compradora solicitó los servicios de una agencia inmobiliaria establecida en Suiza, quien en colaboración con otra agencia inmobiliaria establecida en España, han encontrado un comprador para el inmueble de la SL española. La pregunta es si la factura que presenta la agencia inmobiliaria suiza por sus servicios debe llevar IVA español o no.

Solución propuesta.

Entendemos que la agencia inmobiliaria es una persona jurídica residente fiscal en Suiza, con lo cual, no tiene posibilidad de repercutir el IVA español en sus facturas dado que no es una empresa que fiscalmente resida en España, ni tampoco tiene un establecimiento permanente aqui

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