

Fiscalidad de la venta del derecho de usufructo de una vivienda
DOCUMENTOS ORIGINALES FIRMADOS POR EL CLIENTE
CONSULTA
Supuesto de hecho. Cuestión planteada.
Asturias, 23-03-2008
En el caso de la venta del derecho de usufructo por parte del titular que ostenta el 50% de la propiedad de una vivienda al titular del otro 50% de la propiedad de la misma, habiendo el vendedor de ese derecho de usufructo nacido en Abril de 1958, ¿en qué porcentaje se devenga el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en Asturias? Los gastos que originen esta venta del derecho de usufructo (notario, ITP, gastos de registro) ¿se podrán desgravar en la declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2008?.
Solución propuesta.